José Manuel Ramos fue sentenciado a cuatro años de prisión por vender tierra de la UP-17. También fue inhabilitado para asumir cargos o funciones públicas. A quien más sabe que debe cumplir la ley, mayor reproche le cabe. José Ramos lo sabía y debía ser un ejemplo. La frase a modo de máxima fue emitida ayer por la fiscal Vivian Andrea Barbosa durante su alegato acusatorio que finalizó con la condena para el alcaide mayor del Servicio Penitenciario Federal a cuatro años de prisión por incumplir sus deberes y defraudar al Estado, con irregularidades en la venta de tierra de la Unidad Penal de Candelaria para la elaboración de cerámicos.
La sentencia del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Posadas fue emitida a las 12.56 de ayer y tras casi cuatro horas de alegatos y deliberación. La pena recayó sobre José Manuel Ramos (51), exsubjefe de la colonia penal de Candelaria acusado como autor de los delitos de incumplimiento de los deberes de funcionario público y defraudación a la administración pública, cometidos durante el 2005 y 2006 principalmente con la venta de arcilla y barro ñaú que se extraía de distintos sectores de las 160 hectáreas de la prisión federal.
La presidenta del Tribunal, Norma Lampugnani, leyó la condena acompañada por los jueces vocales Manuel Alberto Jesús Moreira y Mario Hachiro Doi. Si bien restan los fundamentos (próximo martes a las 19), el monto y calificación de la pena, fueron iguales a los requeridos por la Fiscalía y detallados durante una hora y veinte minutos de alegato al abrirse la última jornada de debate.
Para Barbosa en el período investigado y denunciado por las autoridades nacionales del Ente de Cooperación Penitenciario (ENCOPE), se registraron procedimientos de ventas irregulares de tierra, en los que Ramos actuó con abuso se autoridad y manejó a su antojo recursos del Servicio Penitenciario. Incumplía sus funciones como presidente del ENCOPE de la UP-17.
Remarcó que la conducta de Ramos incurrió en los delitos de defraudación a la administración pública, inciso quinto del artículo 174 del Código Penal e incumplimiento de deberes, artículo 248.
Para ello y según la acusación fiscal, Ramos manejó con irregularidades bienes del Estado (
) Pero también violó la ley 24.372 de creación del ENCOPE para administrar los talleres de laborterapia para la reinserción social de los internos.
Se aprovechó al encabezar el Consejo Directivo del ENCOPE (de la UP-17). Hasta las inspecciones que descubrieron las ventas de la tierra estatal y la disminución de 27,51% de las ganancias, porque se realizaba fuera de los contratos.
El ENCOPE había firmado acuerdos para la extracción de tierra de zonas que estaban próximas a inundarse por la subida de la cota de la represa de Yacyretá. Según la fiscal: Ramos a partir de 2006 sumó poder en el ENCOPE y asumió como propia la venta de tierra de la cantera. Designó un nuevo tesorero, las decisiones ya no se tomaban por mayoría y excluyó a la secretaria del manejo del libro de actas. Ramos sabía que no podía vender tierra y lo hizo, sabía que no podía utilizar maquinaria y personal del Servicio Penitenciario y lo hizo. Y sabía que no debía extraer un bien del Estado y lo hizo.
Como corresponde
Para Nicasio Bordón, defensor de Ramos, el alacaide mayor no se quedó con ningún peso de las extracciones de arcilla. Todas se hicieron como corresponde y con los controles respectivos.
Antes de solicitar la absolución señaló como irregular a la empresa que pagaba por los metros cúbicos de tierra: Sin contrato siguió extrayendo a través de un camino que construyó por fuera de la colonia penal. Ramos pensaba que eran terrenos fiscales.
Cometió excesos porque estaba intimado por las autoridades (del SPF) a mejorar la habitabilidad de la colonia penal. Tuvo que distraer recursos en su afán por hacer frente a la necesidad. Pudo haber cometido irregularidades pero, por ejemplo, no podía saber cuantos chanchos parió el cerdo madre (Sic) del taller porcino.
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