Como sucede en todos los meses de mayo durante los últimos años, el lunes 21 vencerá el plazo para que los monotributistas que hayan tenido cambios en su facturación en los últimos doce meses, cumplan con el trámite de la recategorización.
Sin embargo y por esta vez, esa gestión está habilitada, pero no es obligatoria.
Esto es así, según dispuso una resolución de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), porque el 1° de junio comienzan a regir los cambios que la última ley de reforma tributaria dispuso para el sistema impositivo simplificado.
Una de esas modificaciones está referida al esquema de recategorizaciones: ya no habrá que revisar los datos tres veces al año (y cambiarse de escalón en la tabla si resulta necesario), sino que tal obligación deberá ser cumplida en forma semestral: en julio y en enero de cada año.
Con ese cambio incluido en la ley 27.430 -aprobada en diciembre del año pasado-, la AFIP dictó la resolución 4235, que establece que la exigencia de recategorizarse en mayo se dará este año por cumplida si el monotributista hace la gestión correspondiente en el mes de julio.
En la práctica, entonces, la exigencia que vence este mes pasa a ser de cumplimiento voluntario.
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