Las pruebas presentadas por la defensa y los testigos que declararon en favor de los tres imputados no fueron suficientes. Estaban acusados de robar y abusar de una abuela en octubre de 2016, en el Kilómetro Nueve de Oberá. Terminaron condenados por el Tribunal Penal 1 de esta ciudad.
Ayer, en la segunda y última jornada de audiencias, Jonathan Taborda (27), Rosalino De Melo (50) y Saúl Bareiro (33) escucharon la sentencia, de entre 18 y 22 años, que no tuvo atenuantes a pesar del alegatos de los tres defensores, que insistieron con la inocencia del trío en cuanto a la violación, más allá de la confesión de Taborda con respecto al robo.
Tal como atestiguó PRIMERA EDICIÓN, la jornada comenzó desde las 8.30 a pura tensión. Sucede que Roberto Bondar, abogado de Bareiro, pidió la recusación por “enemistad manifiesta” de los magistrados. El planteo finalmente fue rechazado, motivo por el cual la segunda jornada de audiencia se llevó adelante.
Sólo un testigo declaró ayer ante el tribunal. Fue aportado por la defensa de De Melo y afirmó haber trabajado con él en esa época. Lo consideró una buena persona, a la que no veía como el autor de un hecho de tal magnitud. Sin embargo no pudo precisar qué hizo el acusado en las últimas horas de aquel día, ni tampoco al día siguiente, porque después ya no trabajó más con él. Lo cierto es que en aquella oportunidad, en el domicilio de De Melo hallaron un horno eléctrico que había sido robado de la casa de la víctima.
Con esa declaración, los jueces consideraron cerrada la etapa de producción de pruebas y abrieron los alegatos. Allí María Cima de Krieger, a cargo de la defensa de Taborda, hizo hincapié en la declaración de su defendido el día anterior, momento en el cual el imputado confesó haber cometido el robo, pero aseguró que nadie abusó de la víctima aquella noche. Hizo valer la colaboración de su defendido en la causa y la buena conducta que demostró en el penal desde que fue detenido con prisión preventiva.
Sobre las prendas íntimas de Taborda, secuestradas en la causa y en las que se hallaron rastros de sangre y semen, la defensora insistió en que nunca se hizo lugar al pedido de pericias genéticas. Por esa misma razón, durante la primera jornada, había solicitado junto a Bondar un pedido de nulidad que le fue rechazado.
A su turno, Graciela Abdolatiff, defensora de De Melo, alegó que durante el juicio no se pudo dar por probada la participación en el abuso. Habló también de los testigos que fueron aportados en la primera jornada del debate, quienes afirmaron que el acusado había estado en su casa en el momento en que asaltaban y violaban a la mujer.
Por último, Bondar, defensor de Bareiro, subrayó que su defendido no estuvo en el lugar esa noche, tal como lo habían señalado los testigos. Por otra parte hizo hincapié en que el tribunal no hizo lugar a las pruebas genéticas solicitadas para probar que el acusado no había cometido la violación. Finalmente señaló como inadmisible que la fiscal no haya permitido la declaración de la víctima, para que reconozca a los agresores, y que todo haya quedado en manos de los dichos de una familiar de la abuela, quien ofició de traductora del alemán al castellano.
Antes de pasar a deliberar, el tribunal cedió la palabra a los imputados, quienes pudieron hablar por última vez antes de la sentencia. Taborda reiteró que reconoció haber ido a robar a la casa de la víctima, pero que no abusó de ella. Pidió que se realizaran las pruebas pertinentes para corroborar que él no había cometido el abuso.
En tanto, De Melo dijo no conocer a Taborda, quien el día anterior lo había acusado de la violación. Bareiro, finalmente, optó por guardar silencio y esperar por la sentencia.
Culpables
Los jueces Francisco Aguirre, José Rivero y Lilia Avendaño dieron por cerrado el debate alrededor de las 11.40. La deliberación duró casi una hora y media. A su regreso, Aguirre tomó la palabra y procedió a la lectura del veredicto.
En base a las pruebas recolectadas, los jueces resolvieron condenar a Rosalino De Melo y a Jacobo Saúl Bareiro a la pena de 22 años de prisión como “co-autores penalmente responsables de los delitos de abuso sexual con acceso carnal, en concurso ideal, con el delito de abusos sexual gravemente ultrajante, ambos agravados por haber sido cometidos por dos o más personas y con armas. Todo ello en concurso real. Con el delito de robo doblemente calificado”. En tanto, sobre Jonathan Ezequiel Taborda recayó la pena de 18 años de prisión, bajo la misma calificación.
La lectura de los fundamentos se llevará a cabo el 15 de septiembre. Allí se conocerá el por qué de las penas a cada uno de los imputados.
En la lectura de la sentencia se supo además que el doctor Bondar fue apercibido por el Tribunal por “exceso en la defensa”, hecho que motivará una sanción, que el abogado apelará ante la Cámara, como así también la condena a su defendido.
El hecho
Según el expediente judicial, en la noche del 6 de octubre de 2016, Taborda, De Melo y Bareiro ingresaron por la ventana al domicilio de la abuela de 67 años, quien se encontraba descansando en su habitación.
Buscaban plata y para que la víctima hablara, uno de ellos la golpeó mientras al menos los otros dos recorrían el inmueble. El susto que se llevó la mujer se convirtió en un calvario, ya que fue violada y ultrajada.
Los delincuentes abandonaron la casa llevándose un magro botín de 10 pesos, unos australes (la vieja moneda de circulación nacional), un horno eléctrico y una linterna.
La anciana logró recuperarse y salió hacia la ruta a buscar ayuda. Quedó internada en estado delicado, pero al menos físicamente logró recuperarse y testimoniar ante las autoridades.