
De ser considerado sospechoso como nexo clave para facilitar el tráfico de marihuana o presunto jefe de una banda relacionada a este delito y haber permanecido 24 meses y un día detenido, el exprefecturiano Jorge Eduardo Sotelo fue absuelto hace pocas horas por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de esta capital.
Sotelo, de 43 años y nacido en Corrientes, prestaba servicios en la delegación de Prefectura en Puerto Maní, y allí fue detenido por una investigación del juez federal 1 de Corrientes, Carlos Soto Dávila, que en noviembre de 2017 seguía los pasos de una organización que transportaba ladrillos de marihuana prensada a provincia de Buenos Aires.
A las 21.40 del sábado 8 de noviembre de 2014, en Campo Viera, efectivos de Gendarmería Nacional detectaron dentro de un camión perteneciente a una empresa misionera y conducido por Cristian Javier Ribeiro Da Silva (32) oriundo de Salto Encantado, varias bolsas que contenían 163 panes o ladrillos de cannabis sativa, en total 115,170 kilogramos.
A la par de este procedimiento se ordenaron las detenciones de Sotelo y de Ángel Gabriel Sosa (obereño de 27 años), ambos surgían como sospechosos de las escuchas telefónicas realizadas por el juez Soto Dávila.
En el caso del “Negro” Sotelo, como el supuesto organizador y financista de las actividades que violan la ley 23.737, lo que en su carácter de funcionario público agravaba su responsabilidad y lo ponía ante una posible conde de hasta veinte años de prisión. En cuanto a Sosa y Da Silva, como partícipes necesarios del delito de “transporte de estupefacientes”.
Tras cuatro años de trajinar por planteos de incompetencia territorial y de apelaciones de los procesamientos, el expediente llegó a debate en el Tribunal Federal de Posadas.
El martes, los jueces Manuel Alberto Jesús Moreira, Norma Lampugnani y el subrogante del fuero de Corrientes, Víctor Antonio Alonso, en juicio abreviado propuesto por la fiscal Vivian Andrea Barbosa, que incluía penas de cuatro años de prisión para Sosa y Da Silva y de dos para Sotelo, resolvieron absolver al exprefecto por el beneficio de la duda, principio de “Indubio pro reo” contemplado por el artículo 3 del Código Procesal Penal de la Nación, y efectivizar las condenas para los dos misioneros restantes.
En el caso de Sotelo, a la liberación de toda culpa y cargo se llegó por la inconsistencia o endeblez del compendio de prueba. Ni las escuchas, ni las sospechas iniciadas por las investigaciones del juez Soto Dávila, fueron suficiente para establecer que el “Negro” sospechado de narcotraficante, es el mismo que prestaba funciones en el puesto de Prefectura de Puerto Maní.
Los cuatro años de vaivenes de la causa en la Justicia Federal incluyeron sendos rechazos para los pedidos de excarcelación de Sotelo porque representaba peligro de entorpecimiento en la investigación y de fuga por encontrarse en la zona de frontera. Hasta la baja de la fuerza federal le fue dispuesta en este lapso.
La inocencia de Sotelo, que fue defendido por el letrado Hugo Zapana, quedó firme además porque el pedido de pena de la fiscal fue menor a los 3 años, estipulado por el artículo 458 del CPPN.