La decisión se tomó a partir de la a través de la resolución general 4535, publicada el viernes último en el Boletín Oficial.
Según el ente recaudador, esta herramienta informática le permite a los empleadores cumplir con lo previsto en la normativa laboral “con un significativo ahorro de tiempo y costos, además de sumar mayor eficiencia y seguridad en la información”.
Además, quienes adhieran a este instrumento, evitarán cumplir con la obligación de presentar la Declaración Jurada mensual de conceptos no remunerativos, resaltó la AFIP, en un comunicado.
También, sostuvo que el Libro de Sueldos Digital “fortalece los mecanismos de control y genera la posibilidad de efectuar controles cruzados con las autoridades provinciales y municipales”.
Luego de una primera etapa en la que el Libro Digital lo utilizó un grupo reducido de contribuyentes, se abre ahora la posibilidad de que todos los empleadores comiencen voluntariamente a utilizarlo y así simplifiquen el proceso de declaración y registración.
Para usarlo, deberán seguir el mecanismo detallado en el micrositio “Libro de Sueldos Digital” de la página web de este organismo.
Fuente: Agencia de Noticias NA