Con la firma de los magistrados Santiago Corcuera y Alberto Dalla Via, la Cámara Nacional Electoral revocó la resolución de la jueza federal con competencia Electoral de Misiones, María Verónica Skanata, que ordenaba a los frentes y partidos en competencia para las elecciones Primarias, Abiertas y Simultáneas del 11 de agosto, presentar boletas individuales por categoría (Diputados Nacionales y Presidente), además de las largas.
Advirtieron que “debe recordarse el principio primario de sujeción de los jueces a la ley, en tanto no les corresponde atribuirse el rol de legislador para crear excepciones no admitidas por ésta, pues de hacerlo podrá arribarse a una interpretación que, sin declarar la inconstitucionalidad de la disposición legal, equivaliese a prescindir de su texto”.
Cabe recordar que la jueza Skanata hizo lugar a una presentación del Frente Renovador de la Concordia con el argumento de evitar la confusión de los electores y facilitarles el sufragio. Sin embargo, para la Cámara Nacional “el apartarse de las normas legales y reglamentarias en función de una interpretación basada en hipotéticas mejores condiciones para disponer la oferta electoral, llevaría a duplicar prácticamente la cantidad de boletas en el distrito de autos, elevándose de once a diecinueve los tipos de boletas de distribuir”.
Además, “fácil es advertir que de seguirse tal criterio en comicios con más agrupaciones contendientes, o con más categorías de cargos a elegir, se produciría una proliferación de boletas que tornaría directamente impracticable la modalidad. Ello sin dejar de advertirse que la ausencia de regulación normativa, que prevea la obligación que impone el a quo a las agrupaciones de autos, así como la imprevisión de consecuencias jurídicas para su eventual incumplimiento, presenta una situación generadora de incertidumbre e imprecisiones en cuanto a las condiciones de validez del acto electoral”.