Mientras a nivel local y nacional se teje una fuerte defensa para pedir la absolución de la adolescente mbya, Miryam Bogado, detenida hace siete meses en la alcaldía de Mujeres, acusada del homicidio de su beba, la defensa presentó el lunes un pedido de excarcelación aún no resuelta por la Judicatura.
Tras haberse hecho público el caso de Miryam, a través de un informe de PRIMERA EDICIÓN, el Poder Judicial emitió un comunicado oficial.
Éste señala, entre otras cosas, que el cuerpo médico forense del Poder Judicial “corrobora las lesiones” (fractura ósea de cráneo-tórax), que determinaron el óbito (muerte) producidas por traumatismo contuso con gran violencia); Sin embargo, para la defensa no es prueba para culpar a la madre.
“De hecho, hay un pedido a los peritos forenses, sin responder aún, para que especifiquen cómo pudieron haberse producido las lesiones”, dijo a este Diario, una de las abogadas de la muchacha, Roxana Rivas.
“La instrucción no tiene indicios claros sobre la causa de la muerte, a pesar de eso decidió sostener una prisión preventiva difícil de argumentar“, sostuvo.
Con 18 años, Miryam ya había atravesado tres partos. El último de ellos fue realmente dificultoso e implicó serios riesgos para su salud y la de su pequeña hija.
“No recuerdo la fecha, pero recuerdo a la madre con la menor, porque el parto fue complicado, el día que llaman al 107, de la comunidad solicitando a la ambulancia porque había una madre por dar a luz, ellos estaban en la comunidad Kocuorey, (…) se produce el atascamiento de la cabeza del bebé en el cuello del útero, porque la beba venía de cola, se la pasa a la sala de parto y la beba hace un paro cardiorrespiratorio, ya en sala de partos se la reanima a la recién nacida, mediante el procedimiento cardiopulmonar manual, donde se le pasó oxígeno…. se la deriva a la ciudad de Posadas, porque la beba estaba complicada… ingresa al materno neonatal, del Hospital Madariaga de Posadas, donde estuvo aproximadamente dos meses la beba en incubadora”, testimonio de la médica Myriam Piriz directora del hospital de San Ignacio.
“Llamativamente esta médica no tuvo en cuenta todo este cuadro de situación ni las complicaciones de salud de la niña:secuelas neurológicas, alimentación por sondas y necesidad de extracción regular de secreciones bronquiales, al momento de testimoniar y cuestionar sobre los motivos de la muerte habilitando así la intervención policial y el inicio de un proceso judicial que hoy tiene a Miriam como única imputada y detenida”, indicó la defensora.
Para Rivas también llama la atención que tampoco haya hecho mención en que tardó más de 24 horas en acudir al llamado que realizaron desde la comunidad, obligando a que el cuerpo permaneciera –descomponiéndose- desde la madrugada del jueves hasta el mediodía del viernes.
“Intérprete controversial”

Otro punto, que señalaba la denuncia hecha en un foro indígena y que PRIMERA EDICIÓN recogió, fue que a la chica no se le garantiza un perito intérprete para que entendiera la gravedad de la acusación.
Desde el juzgado a cargo de Carlos Gimenez se sostiene que se ordenó ” la intervención como Perito Intérprete de lenguas Guaraníes, al Cacique Alejandro Méndez, a los efectos de asistir en la declaración indagatoria de la imputada M.B. Lo que llevó a que el 6 de febrero se realizará la correcta intimación de los hechos que se le imputa”.
No obstante, que se use al cacique como intérprete no es suficiente, según la legislación vigente.
“Los intérpretes tienen que ser oficiales. Además de la cuestión del traductor que pasa del idioma guaraní al castellano, ser perito intérprete también comprende otras cosas. Este tiene que ser capaz, y en este caso es vital la ayuda del antropólogo para interpretar las conductas. Lo que dicen los testimonios no incriminan, lejos están de eso, es un relato de lo que ella fue haciendo posteriormente a la muerte de su hija”, refirió la abogada quien lleva el caso junto al abogado Eduardo Paredes, dos reconocidos abogados de la provincia, con experiencia en otros casos de criminalización de mujeres en situación de extrema vulnerabilidad: María Ovando y Victoria Aguirre, ambas absueltas. María en el 2012 y Victoria en el 2017.
“No hay indicios ciertos”
Para la defensa, “la causa se investiga en el juzgado de instrucción 7 del doctor Carlos Giménez, y si bien no hay indicios ciertos de la causa de la muerte, fue caratulada como Homicidio Calificado por el vínculo”.
“Sacados del contexto guaraní de interpretación, llamativamente ausente en el relato de los hechos consignado en sus testimonios, su significado queda inscripto dentro de un único marco de significados: el occidental no indígena”, remarcó, en tanto la magíster Ana María Gorosito Kramer en la pericia antropológica, aportada por la defensa.
Tampoco fueron valorados testimonios presentes en el mismo expediente que describen el estado de salud de la niña y que podrían explicar su posterior muerte como un hecho inevitable “un resultado fatal, pero no –asociado- a la probabilidad de una muerte violenta”, agrega Ana Gorosito Kramer.
Algunas explicaciones
A continuación un extracto del comunicado que da cuenta del informe del “cuerpo médico forense del Poder Judicial de la provincia al elevar información definitiva de la autopsia de la bebé mbya de 4 meses, que falleciera en febrero de este año, confirmaron que “las lesiones (fractura ósea de cráneo-tórax), que determinaron el óbito (muerte) fueron producidas por traumatismo contuso con gran violencia”.
Prosigue el texto:“Del informe de la Autopsia Forense se desprende que: …“ El deceso de M.E. DNI XXX, es vinculante a causa violenta, se constata en el cadáver estado de putrefacción mediato, en período pilocromático- en fisematoso, con politraumatismo gravísimos, con traumatismo de cráneo gravísimo, con fractura de Calota, concomitante con traumatismo cerrado de tórax gravísimo, por contusión pulmonar grave, fractura costales múltiples.” Este informe, según la defensa, se entregó el 12 de junio y no tuvo en cuenta histórica clínica de la madre al momento de dar a luz a la bebé quien nació en parto traumático.
No obstante ello, en el comunicado se sostiene que: “Ambas pericias (cuerpo médico forense y antropológica) fueron las determinantes para que el 27 de marzo de 2019 se ordenara la Prisión Preventiva de la sra. M.B., (la chica estaba detenida desde el 5 febrero) alojada actualmente en la Alcaidía de Mujeres – Anexo UpV- del Servicio Penitenciario Provincial”.
El documento señala que se facilitó interprete bilingüe, pero para este caso se necesitaba un interprete oficial, que garantice los derechos de la joven para comprender la gravedad de los cargos.
Por otra parte, y al respecto de la interpretación de la pericia de Gorosito Kramer como “determinante para ordenar la prisión”, ésta, en conjuto con la defensa, elabora un comunicado parta rechazar tal punto, ya que la detención, dice el texto, se produce en marzo, cuando en realidad los informes peritos se elevan en junio.