En el Concejo Deliberante de esta localidad no saben qué hacer con los espacios verdes, que están ocupados desde antes que entre en vigencia la Carta Orgánica Municipal.
La COM prohíbe la utilización de los mismos para otros fines. El Artículo 109 de la Carta Orgánica establece: “Los espacios verdes, parques y todo terreno destinado a la recreación y el esparcimiento de la población, que sea de propiedad municipal deben ser destinados únicamente para esos fines”.
Incluso propone para su conservación que podrán “ser apadrinados por instituciones a los efectos de embellecimiento, mejora y mantenimiento”.
En las últimas sesiones tomaron estado parlamentario dos pedidos de desafectación de tierras como espacios verdes: uno en el barrio Gauchito Gil y el otro ocupado por la Escuela 881, en el barrio Santísima Trinidad.
El fundamento esgrimido para el caso del Gauchito Gil es el “problema habitacional en el barrio”, donde se encuentran familias asentadas hace más de 20 años en el terreno público. Es decir, se ubicaron allí antes que comience a regir la Carta Orgánica Municipal.
El otro es el pedido del Santísima Trinidad, tiene que ver con otorgar la titularidad del dominio de la propiedad para el Consejo General de Educación. La pretensión es construir el edificio de la Escuela 881 pero, sin el trámite mencionado, las obras no se podrán ejecutar.
En este último caso, rige la ordenanza 25/08 que determinó el fin de espacio verde para las tierras fiscales, con una cesión al Consejo General de Educación para la utilización. Al igual que el caso anterior, es previo a la redacción y sanción de la carta magna municipal.
Análisis
La Carta Orgánica Municipal entró en vigencia el primer día del año 2014. Los ediles actuales debaten si pueden o no tomar una decisión sobre estos dos casos puntuales, sin vulnerar los alcances de la COM respecto a la retroactividad de la normativa.
El Presidente del Concejo sanvicentino, Ernesto Muchewicz, dijo a PRIMERA EDICIÓN que “en la Carta Orgánica no dice nada sobre los terrenos destinados a espacios verdes que estén ocupados o cedidos antes de su sanción. Nosotros no podemos sembrar un precedente de este tipo porque pueden surgir casos en el futuro que no estén ocupados antes de la Carta Orgánica, pero puede ser tomado como antecedente. Sabemos que en ambos casos son previos a la Carta Orgánica”.
El barrio Gauchito Gil está ubicado en un predio entre las calles Guacurarí, Lautaro y Husáin, entre los barrios 51 Viviendas y Ceferino Namuncurá. Una parte del predio está ocupado por las familias y, la otra, es utilizada por los vecinos de los barrios aledaños como cancha de fútbol y de recreación.
La parte poblada inició su historia desde -por lo menos- los inicios de la década del 90. En el caso de la Escuela 881, los datos son más precisos. Su antecedente dice que el municipio le otorgó ese espacio al Consejo General de Educación en el año 2008 por medio de la ordenanza antes mencionada y, desde entonces, funciona el establecimiento educativo en el espacio verde del barrio.
Los ediles también piensan en otras salidas: una posibilidad es dejar pasar el tiempo y esperar a que se pueda reformar la Carta Orgánica y, por medio de ese mecanismo, imponer cláusulas que aclaren casos como estos.