
Una jueza federal falló a favor de una empresa tabacalera sentenciando que no debe tributar el impuesto a los cigarrillos de 2016 y 2017. Por este fallo el Estado dejaría de recaudar unos $2.000 millones del Fondo Especial del Tabaco (FET) y Misiones dejaría de recibir más de 700 millones de esa cifra.
El fallo de Cecilia Gilardi de Negre, quien subroga el juzgado contencioso administrativo federal 11 está relacionado al expediente Tabacalera Sarandí S.A. c/ Dirección General Aduanas y otros/Dirección General Impositiva, donde se cuestionaba la constitucionalidad del impuesto mínimo a los cigarrillos.
La magistrada falló a favor, siendo el primer fallo firme en primera instancia. Consultados funcionarios del Ministerio del Agro de Misiones señalaron que “se apelará la medida porque genera un efecto muy negativo para la provincia” y deslizaron que “este fallo puede ser positivo porque permite apelar a la segunda instancia. En cambio, sin este fallo, hubieran mantenido la vigencia de las cautelares de manera indefinida”.
En la sentencia la jueza declaró la inconstitucionalidad del artículo 2º de la ley 26.467 para que Tabacalera Sarandí S.A. no tribute el impuesto mínimo que corresponde al periodo 2016/2017, (dos años) periodo por el que mantenía una medida cautelar, que lo eximía temporalmente de abonar ese impuesto. Esta empresa comercializa el 15% total del mercado nacional.
Hay otras cautelares vigentes pero Sarandí, actualmente está eximida de pagar estos impuestos, y en consecuencia, la afectación al FET será aún mayor.
Dos tabacaleras no tributan
De acuerdo con el informe técnico, las dos medidas cautelares para el no pago del impuesto mínimo a los cigarrillos otorgadas a las empresas Tabacalera Sarandí SA y Espert SA, generaron desde enero hasta mayo de 2019 un costo fiscal de $23.000 millones, y un recorte del FET de 5.000 millones de pesos. El 30% de eso significa 1.500 millones que dejó de recibir Misiones.
Bajo el título “Impacto del otorgamiento de medidas cautelares para el no pago del impuesto mínimo a los cigarrillos sobre las arcas públicas y la salud pública”, el informe elaborado por el equipo técnico de la Subsecretaría de Programación Microeconómica señala que dichas tabacaleras obtuvieron en la justicia medidas cautelares para “no pagar el componente fijo del impuesto interno (el piso de ese impuesto) y sólo tributar mediante el método ad valorem”.