El turista ingresó a nuestro país el sábado pasado y desde el Aeropuerto de Ezeiza fue derivado a un hotel del barrio de Recoleta en la Capital Federal.
Según se supo, el vuelo provenía desde la ciudad brasilera de San Pablo, con origen inicial en Etiopía.
El traslado al hotel fue por decisión del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires ya que arribó a la Argentina desde un país de alto riesgo de contagio, como es considerado Brasil, por lo cual, debe guardar cuarentena según el decreto del Poder Ejecutivo por los próximos 14 días.
En el hotel, el turista recibió servicios de primer nivel e incluso se le suministró una dieta vegetariana ante su demanda.
No conforme con ello, el turista solicito mediante un habeas corpus para cumplir con la cuarentena junto a su esposa en un domicilio del barrio porteño de Villa Santa Rita.
En la presentación dijo que la cuarentena obligatoria “afectaba su libertad sin sustento legal“.
El juez Iturralde, rechazó de plano la solicitud considerando que el turista “lejos de comprender las razonables medidas dictadas por la autoridad para prevenir la propagación de la pandemia que azota al mundo, optó por emprender este desacertado y temerario planteo en tiempos de una inusitada y dramática emergencia que demanda gestos de solidaridad y prudencia a todos quienes han optado por habitar el suelo nacional”.
Para el juez es “razonable, prudente y acertada” la medida adoptada por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires de trasladarlo al hotel para que cumpla con la cuarentena, en pos de “asegurar la salud” de todos los habitantes, y tildó de “obstinada” la decisión del turista, a quien incluso “se le otorgó el beneficio de ingresar al país a pesar de estar suspendidos los vuelos internacionales“.
Por último, el juez Iturralde apuntó que “no queda más que señalar que las decisiones adoptadas por los gobernantes, si bien implican restricciones a la libertad de todos los ciudadanos, persiguen fines legítimos y los medios utilizados para esos fines se consideran razonables dentro de los mecanismos con los que cuenta la autoridad cuando limita derechos individuales”.
Fuente: NA