A través de la Decisión Administrativa 468/2020 publicada en el Boletín Oficial, el Gobierno nacional da conocer que se amplía el listado de actividades y servicios esenciales en la emergencia: Obra privada de infraestructura energética.
De esta manera, en su artículo 1 indica que “se amplía el listado de actividades y servicios declarados esenciales en la emergencia, en los términos previstos en el Decreto N° 297/20, incorporándose a la obra privada de infraestructura energética”
Además, agrega que “los desplazamientos de las trabajadoras y de los trabajadores alcanzados por el presente artículo deberán limitarse al estricto cumplimiento de dicha actividad”.
Sostiene también que “en todos estos casos, los empleadores y las empleadoras deberán garantizar las condiciones de higiene y seguridad establecidas por el Ministerio de Salud para preservar la salud de las trabajadoras y de los trabajadores”.
Asimismo, en el artículo 2 manifiesta que “las personas alcanzadas por esta decisión administrativa deberán tramitar el Certificado Único Habilitante para Circulación – Covid-19”.