Tras constatar que una máquina estaba haciendo trabajos en los márgenes del arroyo El Soberbio, el Ministerio de Ecología procedió a la suspensión de dichas actividades, secuestro de la maquinaria y se labraron actas de constatación por infringir leyes ambientales que prohíben la intervención del hombre sobre las márgenes de los arroyos.
Según los datos aportados la intervención se realizaba en un lote ubicado en las márgenes de este cauce a unos 300 metros del puente sobre ruta Costera 2 en el paraje La Barra.
En la ocasión, el organismo recibió la denuncia a través de sus canales habilitados (redes sociales y Ecología Te Escucha ) y pudo verificar que una empresa privada realizaba un movimiento de suelo sobre un área aproximada de 100 hectáreas afectando con esta actividad unos 50 metros de la zona buffer de la margen norte del arroyo El Soberbio.
En diálogo con PRIMERA EDICIÓN, el ministro Mario Vialey expuso que “había una máquina que estaba dañando el bosque que está al margen del arroyo El Soberbio y a partir de esto se labraron actas y se secuestró la máquina”.
Según relató se trata de “una empresa privada que estaba haciendo un emprendimiento en ese lugar”, pero -al parecer- no tenía conocimiento de que no se puede tocar el bosque protector.
Si bien el titular de la cartera ecológica, deslizó que “este es un terreno privado. Es propiedad de un señor”, por lo cual se le notificó de las actas también al dueño del lugar. “Los dos son solidariamente responsables”, remarcó.
Especificó que “hacia arriba del arroyo era plano y no había vegetación en altura y se podía hacer una intervención. Pero, cuando se vino sobre el cauce está el bosque protector del margen del arroyo y ahí es donde hizo la intervención esta máquina”.
A la vez, agregó que “no importa si había uno, dos o tres árboles se debe parar la obra. La cuestión era actuar”. Ante esto, recordó que la normativa provincial Ley XVI Nº 105 Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos es la que está vigente y protege los márgenes de los arroyos. Y en caso de que alguien desee hacer algún tipo de obra o trabajo debe contar con el estudio de impacto ambiental y la autorización correspondiente para tal fin.
“Ahora viene el proceso administrativo donde se le va a fijar la multa. Deben hacer sus descargos y si es injustificado se deberá pagar la multa”, recordó.
En cuanto a las denuncias, apuntó que “me encanta el control social que estamos teniendo. La sociedad manda las denuncias a través de las redes o los teléfonos y nosotros actuamos”.
Predio
El lote es privado y hacia arriba no había vegetación de altura, por lo cual se podía hacer la intervención. Pero, no así hacia el lado del arroyo donde está el bosque protector, se indicó.
105
es la ley que establece el ordenamiento de los Bosques Nativos y los mecanismos de conservación.