La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) incorporó a las billeteras virtuales al listado de activos sobre los cuales puede trabar embargos para cobrar las deudas impositivas acumuladas por contribuyentes morosos. La recomendación para los abogados del organismo data de noviembre pasado, pero como la mayor parte de los juicios de ejecución fiscal se mantuvieron suspendidos hasta el 31 de enero esa posibilidad empieza a estar operativa.
“El desarrollo de los medios electrónicos de pago y su extendido uso explica la decisión del organismo de incluir las cuentas digitales en el listado de activos pasibles de ser embargados para cobrar deudas”, dijeron fuentes oficiales.
La decisión amplía la capacidad del organismo para garantizar el cumplimiento de las obligaciones tributarias. El organismo definió el procedimiento que seguirán sus funcionarios al momento de solicitar a la justicia un embargo sobre ese tipo de activos.
Hasta ahora los embargos sobre contribuyentes morosos que la AFIP requiere a la justicia se concretaban sobre cuentas bancarias, bienes muebles, inmuebles y créditos, entre otros.
Según fuentes oficiales, para determinar sobre qué cuentas solicitar la traba de embargos, la AFIP se abastece del régimen informativo que, como sucede con las entidades financieras, obliga a las empresas del sector a reportar información referida a las cuentas de sus clientes.
La normativa de la AFIP no establece un orden de preferencia sobre qué activos se debe avanzar primero a la hora de solicitar la traba de un embargo para cobrar deudas. No obstante, la práctica muestra que las medidas comienzan con los activos más líquidos, como las cuentas bancarias. Cuando el saldo disponible es insuficiente o los contribuyentes no poseen ese tipo de colocaciones se procede a solicitar embargos sobre otros activos.
Con esa lógica, la AFIP ya identificó un universo de 9800 contribuyentes morosos para los que solicitará a la justicia que trabe embargos sobre sus billeteras virtuales. El organismo pretende asegurar así el cobro de unos $24.000 millones en impuestos adeudados por estos contribuyentes.
Por la pandemia del coronavirus, las ejecuciones de las deudas fiscales con la AFIP, el paso posterior a la traba de embargos, estuvieron suspendidas durante 19 meses. Pero ahora el Estado vuelve a la carga y el movimiento de dinero vía las billeteras virtuales pasó a ser uno de los objetivos.
Al mismo tiempo la idea de recaudar más no será mal vista por el Fondo Monetario Internacional (FMI), el mismo organismo que pide que la Argentina baje el déficit de alguna manera, y que dada la situación de la economía, no parece ser una buena idea la creación de nuevos impuestos.
Qué cuentas abarca
La nueva capacidad de la AFIP de embargar saldos en cuentas digitales pesa, a grandes rasgos, sobre todas las cuentas en pesos identificadas con un Código Virtual Uniforme (CVU). En este sector, el principal jugador es Mercado Pago, la billetera. Según números de la consultora Nau Securities, al tercer trimestre del año pasado los clientes de la empresa tenían $270 millones a la vista en la billetera más otros $ 325 millones colocados en Mercado Fondo.
Pero abarca también a las más de 30 billeteras digitales que operan con pesos, como Bimo, Ualá, Naranja X y otras.
“La AFIP entre sus facultades ya tenía la posibilidad de embargar todo tipo de activos, siempre y cuando la custodia de esos activos esté en una entidad basada en la Argentina. Eso te incluye la posibilidad de, llegado el caso, que se trabe embargo sobre tenencias financieras o hasta criptomonedas. La novedad apunta a que en el procedimiento se apunte a a billeteras digitales por su crecimiento, pero eso no implica que el resto de los activos no estén sujetos a posibles embargos”, dijo Sebastián Domínguez de SDC Asesores Tributarios.
Fuente: Medios Digitales