“Este señor puede manejar contento. Renzo está bajo tierra”
Así lo afirmó Pedro Brizuela, padre de Renzo, ayer antes de cerrarse la etapa de producción de prueba en referencia a Agustín Araujo, quien fue condenado a tres años y seis meses de cárcel por “homicidio culposo en accidente de tránsito”.
De acuerdo a las ritos milenarios japoneses y chinos como el “Dojo kun”, la sociedad, Estado, escuela y familia tendrían garantizado su funcionamiento con solo respetar lo siguiente: “Ante todo, ser correcto, leal y puntual”.
Renzo Lion Brizuela Vidal perdió la vida hace tres años en un siniestro vial en el barrio Fátima, al intentar esquivar en motocicleta una camioneta, que giró hacia la izquierda e invadió su carril sobre la avenida Juan Pablo II, e impactar su cabeza y pecho contra el cordón cuneta de mampostería. Falleció 45 minutos después de ingresar al Hospital Madariaga y tras cuatro intentos de resucitación.
Renzo integraba la selección argentina de karate y conocía el “Dojo kun” porque fueron las primeras palabras que su padre Pedro Brizuela le enseñó cuando aprendió a hablar y sus primeras tomas de judo sobre el tatami. Era un atleta de alto rendimiento de 22 años y el 29 de agosto de 2020 a las 7.20 se convirtió en una nueva víctima vial.
Ayer, ante el juez Correccional y de Menores 2, César Raúl Jiménez, fue juzgado y condenado Agustín Luis Araujo de 28 años, conductor de una camioneta Ford F-100 de color naranja que protagonizó el trágico episodio.
Araujo fue sentenciado a tres años y seis meses de prisión efectiva y a la inhabilitación de ocho años para conducir vehículos a motor, como autor penalmente responsable del delito de “homicidio culposo en accidente de tránsito” (artículo 84 bis del Código Penal Argentino).
La decisión del juez Jiménez comprendió también que la condena será ejecutada una vez que quede firme. Como se descarta una apelación de la defensa, serán los Ministros del Superior Tribunal de Justicia quienes definan el último punto.
El veredicto tuvo solo seis meses menos de diferencia a lo solicitado (respecto a la prisión efectiva) por la fiscal María Laura Álvarez.
La audiencia se inició a las 9.35 y fueron cinco los testigos, de trece citados, los que declararon. Previo al inicio del debate Fiscalía y Defensa coincidieron en desistir de ocho de los notificados.
Araujo aceptó el banquillo, declarar y ofrecer su coartada: “Me levanté a las 7 para ir a trabajar, tenía una mudanza para hacer y lo llamé al compañero que me iba a ayudar. Cuando ya íbamos rumbo al lugar giré hacia la izquierda con precaución. Freno y veo que pasa un bulto, antes no lo vi porque me tapó el bulevar de la avenida (Juan Pablo II). Ingresé a la calle (Padre José Cataldini) y a las dos cuadras se apagó la camioneta. No la pude hacer arrancar y llamé a mi casa para ir a buscar otro vehículo y hacer la mudanza. Cuando volvimos a pasar por la zona vimos el bulto (Renzo en el piso inconsciente) y seguimos camino. Después fuimos a la comisaría a las 9.30 y me entero de lo sucedido”.
Araujo aseguró que tenía las luces bajas encendidas y que puso el guiño al girar hacia la izquierda. También aseveró que no condujo a más de 40 kilómetros por hora y admitió que nunca se acercó a pedir disculpas a la familia de Renzo Brizuela u ofrecer una persona que intercediera.
Confirmó además que una semana después de la muerte del joven, cambió la titularidad de la Ford F-100 color naranja y caja de madera y pudo retirarla de la comisaría Decimocuarta donde estaba secuestrada por orden del juez Ricardo Balor.
Versión científica
La versión del acusado se deshilachó en pocos minutos de relato del primer testigo: Juan Carlos Vázquez, jefe de la Dirección Policía Científica y quien firmó el informe accidentológico volcado al expediente. Entre varias pericias que observó el licenciado en criminalística, remarcó de un registro de cámara de seguridad que “la camioneta no tenía luz de giro encendida, tampoco las luces bajas”.
Señaló que “la Ford F100 invadió el carril contrario de la avenida y que al girar hacia la izquierda debía frenar, poner el guiño y observar la proximidad de vehículos en ambas direcciones”.
En cuanto a la velocidad de la Yamaha 125 que esquivó la camioneta e impactó contra la mampostería, estimó que transitaba a 45 kilómetros por hora, “velocidad adecuada”, y que el máximo permitido es de 60 en ese tipo de arterias, según la ley 24.449.
El testigo que distorsionó por completo la chance de la defensa fue el joven que acompañaba a Araujo. Maximiliano Rodríguez intentó modificar lo declarado en el Juzgado de Instrucción 6 y ayer dijo: “Había mucha neblina y árboles, al doblar no vimos la motocicleta. A las pocas cuadras se apagó la camioneta y volvimos a pie”.
En la etapa de instrucción de la causa sin embargo, destacó: “Nos asustamos por el ruido del golpe, el chico chocó y Agustín (Araujo) siguió por la calle (Cataldini). El impacto que escuchamos fue fuerte”.
Sobre las luces de la camioneta y moto manifestó: “No sé si estaban prendidas, no pude saber porque estaba adentro de la camioneta”.
Pedro Brizuela colabora en su hogar con el oficio de chapista y pintor, pero también es profesor reconocido en artes marciales. Es el padre de Renzo y solicitó declarar ayer antes de cerrarse la etapa de producción de prueba.
Fue autorizado por el juez Jiménez y no solo resumió todas las contradicciones de la coartada de Araujo escuchadas, sino que sacudió corazones en la sala de debates de la avenida Centenario, detrás del Palacio de Justicia.
Pedro Brizuela
“Imprudentemente este muchacho (Araujo) metió el 70 por ciento de la camioneta en el carril donde transitaba Renzo. En el video se ve claramente que mi hijo manejaba con la luz prendida. Lo esquivó pero su cabeza impactó igual contra la mampostería más adelante. Por eso pido una condena de prisión efectiva. Este señor puede manejar contento. Renzo está bajo tierra, era un chico espectacular, deportista que desapareció de un día para otro y el responsable no pidió perdón, ni se acercó a mi familia para explicar lo que hizo”.
Los fundamentos del fallo de Jiménez se conocerán el 14 de septiembre. A partir de esa fecha corren diez días hábiles para recurrir la condena ante al STJ. Si la corte misionera coincide con el juez correccional y la fiscal Álvarez, la prisión será ejecutada.