El presidente Javier Milei presentó cambios en el Registro Automotor a través del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) de desregulación económica publicado el 21 de diciembre en el boletín oficial: ¿cuáles serán los cambios y cómo se realizarán los trámites a partir de ahora?
El decreto ya entró en vigencia y, por ende, los cambios aplican desde este viernes para todos los conductores.
Aunque la norma todavía deba pasar por el Congreso, que podrá aprobarla o rechazarla en su totalidad, seguirá vigente hasta que sea votada. El DNU solo necesita la aprobación por mayoría simple de una de las dos Cámaras del Congreso para ser refrendado.
Lo mismo corre para el poder Judicial, que también tiene la facultad de considerarlo inválido.
En este marco, la Asociación Argentina de Encargados de Registros de la Propiedad del Automotor (AAERPA) aclaró este sábado que los trámites que se realizan allí ya son digitales y que “no hay un solo recurso del presupuesto afectado a este servicio” sino que, por el contrario, “el Estado nacional y los Estados provinciales reciben gran parte de lo que pagan los usuarios del sistema”.
Trámites online
El titular de la asociación de registros, Alejandro Germano, lanzó un comunicado tras la aplicación del DNU y aclaró el carácter electrónico de los trámites a partir de esta semana: “El concepto de servicio digital remoto que establece el DNU 70/2023 ya se presta en la actualidad a través de los registros seccionales. Aclaremos que el registro ya es digital y los trámites se despachan, se registran y se comunican en forma electrónica. De lo que se está hablando es de la forma de ingresarlos”.
“Además, la desconcentración de las oficinas registrales permite que siempre haya un registro cerca, no solo para realizar un trámite sino para buscar asesoramiento profesional para asegurar su patrimonio ya sea al comprar, vender o tomar un crédito sobre el automotor”, agregó.
Sobre el sistema que regía hasta ahora, Germano aclaró: “Actualmente los registros que reciben solicitudes tanto en forma presencial como remota para todos los trámites y las despachan en el estricto orden de presentación, previo control del cumplimiento de los requisitos legales (que el dueño y su cónyuge hayan firmado, que el vehículo no esté embargado, que no haya prenda ni deudas impositivas que el comprador desconozca, etc.) inscriben el trámite y emiten la documentación en papel y también digital en el caso de las cédulas y títulos de propiedad”.
Fuente: Medios Digitales