Fabián Daniel Jara (35) fue condenado ayer a nueve años de prisión efectiva como autor del delito de “almacenamiento de estupefacientes”, previsto en el artículo 5, inciso C de la ley 23.737. La decisión del tribunal unipersonal correspondió al juez Fabián Gustavo Cardozo y luego de una jornada de debate que se inició con la declaración del acusado bonaerense, siete testigos y los correspondientes alegatos del fiscal Pablo Ricardo Di Loreto y el defensor oficial Mariano Romero.
La decisión final coincidió con el pedido de pena del representante de la acusación: nueve años de prisión y una multa de 3,5 millones de pesos por almacenar o acopiar 4.738 kilogramos de marihuana prensada en un galpón de herramientas del complejo turístico “Beira Mar” a pocos metros de la ruta provincial 19, en jurisdicción de Wanda, en el norte misionero.
La detención de Fabián Jara se concretó con un procedimiento de la Prefectura Naval Argentina entre la noche del sábado 16 y madrugada del domingo 17 de octubre de 2021 cuando una patrulla de la fuerza federal en motocicletas siguió el raudo tránsito de una camioneta que ingresó por el camino terrado hasta el frente del predio de cabañas y pileta. Descendieron al menos tres personas y desaparecieron en la oscuridad.
Los detalles del operativo que finalizó durante la mañana del lunes 18 de octubre fueron expuestos por los testigos: cuatro prefecturianos y tres civiles que firmaron las actas del lugar del hallazgo del estupefaciente, cantidad, tipo y demás elementos probatorios secuestrados.
La audiencia se abrió con la declaración de Jara, cuya coartada de inocencia intentó justificarla en que, pocos minutos antes de ser detenido, le robaron el teléfono celular durante una fiesta de cumpleaños de 15 en “Beira Mar” mientras cumplía con su función de empleado del emprendimiento y que esa noche se quedó a cuidar el predio porque una familia turista ocupaba una cabaña.
Se remarcó durante el debate que Jara ya había declarado dos veces en la etapa de instrucción del expediente en el Juzgado Federal de Eldorado y que la tercera, ayer, fue aún más diferente que las anteriores porque señaló que en “Beira Mar” él no era el administrador o encargado, sino un empleado más, buscando incluso desligar responsabilidades en el propietario del lugar y en otra persona a la que llamó como el “patrón de la droga”.
También sostuvo que acompañó el procedimiento de la PNA “porque el jefe de la patrulla me dijo que me convenía para ayudarme y que no me incriminen”.
“Yo no sé, no quiero involucrar a nadie pero solo pienso que el dueño de Beira Mar tiene que ver con la droga, es lo que pienso. Desde Buenos Aires administraba todo, las obras que se hacían, los pagos, todo”, manifestó ante el juez Cardozo. Admitió que la noche mencionada, ocupaba la cabaña 1 y que a “quince o veinte metros” estaba el depósito rodeado por pasto elefante en el que entre herramientas se hallaron 190 bultos con panes de marihuana.
Su testimonio no habría logrado poner en duda la investigación, ya que luego de su declaración los testigos contradijeron con coincidencias sus afirmaciones de que había más gente esa noche en Beira Mar y que no era circunstancial hallarlo allí, porque cumplía la función de encargado y administrador que residía de manera permanente.
Los cuatro integrantes de Prefectura que declararon fueron puntillosos respecto a cómo se inició el procedimiento, quién los autorizó a recorrer el predio y quién los acompañó ante la posibilidad de flagrancia de robo que sospechaban tras el seguimiento a la camioneta.
Se remarcó que el último sitio que llamó la atención de los prefecturianos fue el depósito entre altos pastizales y a corta distancia de la cabaña en el ingreso a Beira Mar.
“Jara era el administrador”
El fiscal Pablo Di Loreto en su alegato resumió la responsabilidad del encartado: “Jara era el encargado del lugar, lo admitió en el expediente, era el administrador y vivía de forma permanente allí (…) La noche de su detención era la única persona en Beira Mar. Estaba alojado en la cabaña 1 a pocos metros del galpón donde guardaba el estupefaciente. Jara llevó hacia otros puntos del predio a los efectivos de Prefectura, hacia el punto opuesto al galpón. Jara se deshizo del celular y el IMEI del aparato de acuerdo al número de línea que luego dio, se comprobó que era utilizado con otros dos chips”.
“Era imposible ocultar la droga sin que Jara no lo supiera, residía a pocos metros y era el administrador del predio (…) Jara cumplió con el aspecto objetivo y subjetivo del delito, comprendía, era consciente y por ello se desprendió del celular y dijo que se lo robaron”. “El estupefaciente estaba y lo sabía. Decidió libremente violar la ley y almacenar la droga”.
El fiscal remarcó que el procedimiento de la PNA actuó en defensa del “bien jurídico protegido, la salud pública. Las casi cinco toneladas de marihuana podrían haberse transformado en 52 millones de dosis umbrales, por lo menos una para cada argentino y por un total de 640.635.000 pesos, de acuerdo a la estimación de la AFIP”.
El defensor Mariano Romero cuestionó el procedimiento de la PNA, pidió que se lo anule y que Jara recupere la libertad de inmediato o subsidiariamente se lo condene por el mínimo del artículo 10 de la ley 23.737, “facilitar” el lugar para el almacenamiento u acopio.
“Jara no tenía el control absoluto del lugar, había más empleados y tampoco permanecía todas las noches en Beira Mar”, afirmó Romero y agregó que el procedimiento “fue sin orden de allanamiento y de noche, no fue legal y excedió los derechos” de su defendido.
En noviembre de 2023, Jara aceptó la propuesta de juicio abreviado por “almacenamiento” ofrecida por al Fiscalía del TOF de Posadas. Firmó siete años de prisión efectiva. Pocos días después cambió de postura y recurrió la homologación del acuerdo. Lo que derivó en que el juicio se concretara y que, ante la prueba expuesta, el resultado fuera menos favorable aún.