El Poder Ejecutivo Nacional, a través del Decreto 989/2024, implementó cambios significativos en la Ley de Ministerios, entre ellos establece que la Secretaría de Cultura pasará a ser una Secretaría Presidencial, suprimiendo su dependencia del Ministerio de Capital Humano, con el objetivo de optimizar la gestión cultural en el país.
La norma, en el contexto de reordenar la estructura ministerial, subraya el rol central de la cultura en la promoción de valores, tradiciones e identidad, aspectos fundamentales para fortalecer el tejido social y fomentar el desarrollo económico mediante industrias creativas, el turismo cultural y actividades artísticas que generan empleo.
El decreto modifica los artículos 9 y 23 bis de la Ley de Ministerios Nº 22.520, redistribuyendo las competencias del Ministerio de Capital Humano. Ahora, este Ministerio se encargará exclusivamente de las áreas relacionadas con educación, relaciones laborales, desarrollo humano, inclusión social, asistencia y promoción de los derechos sociales, dejando de lado la responsabilidad cultural, que será gestionada directamente por la Secretaría de Cultura.
La nueva Secretaría de Cultura, junto a otras Secretarías Presidenciales como las de Prensa, Comunicación y Medios, Inteligencia de Estado y Legal y Técnica, asistirá de forma directa al Poder Ejecutivo. Según el decreto, el Presidente podrá modificar, transferir o suprimir estas secretarías conforme a las necesidades de la administración.
Alcances del Ministerio de Capital Humano
Con el traspaso de competencias culturales, el Ministerio de Capital Humano refuerza su enfoque en aspectos como la educación, seguridad social, políticas de trabajo, capacitación y desarrollo social. Entre sus principales funciones se incluyen:
- Ejecución de planes y programas educativos, coordinación con los gobiernos provinciales y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
- Implementación de políticas de empleo y capacitación laboral, fortaleciendo la articulación entre educación y trabajo.
- Administración de becas educativas y gestión de políticas de inclusión para sectores vulnerables, como personas con discapacidad, niños, adolescentes y adultos mayores.
- Regulación de los derechos de los trabajadores, fiscalización de obligaciones de empleadores, y prevención de conflictos laborales.
- Formulación de políticas de seguridad social y coordinación con los sistemas previsionales en jurisdicciones provinciales y extranjeras.
El decreto también establece que las subsecretarías, organismos y unidades que formaban parte de la Secretaría de Cultura dentro del Ministerio de Capital Humano serán transferidos, junto con sus créditos presupuestarios, bienes y personal, a la nueva Secretaría de Cultura Presidencial hasta que se aprueben las estructuras correspondientes.