Claudio “Chiqui” Tapia seguirá siendo el presidente de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA), luego que la Cámara Civil de la Nación decidió declarar nula la Resolución 793/2024 emitida por la Inspección General de Justicia (IGJ) que invalidaba la asamblea general de la AFA en la que fue reelecto de manera anticipada.
La resolución de la IGJ, un organismo dependiente del Ministerio de Justicia, había determinado “declarar la irregularidad e ineficacia total a los efectos administrativos de la convocatoria a Asamblea General Ordinaria de la AFA para el 17 de octubre”. Solamente permitía que ese día se aprueben el balance y los libros, pero le había ordenado abstenerse de avanzar con otra definición, tras tomar posición frente a un pedido de suspensión que presentó el club Talleres de Córdoba, cuya dirigencia está enfrentada con el oficialismo de AFA.
La IGJ alegó que la asamblea se convocó de manera extemporánea y sin respetar algunas normas estatutarias, según la denuncia del Andrés Fassi, presidente de Talleres y opositor a la conducción de Tapia. Además, el titular cordobés es uno de los impulsores de las Sociedades Anónimas Deportivas (SAD). Sin embargo, la AFA argumentó que su convocatoria no violó estatutos y que la asamblea procedió con los estatutos vigentes, puntos que la Cámara consideró válidos, según el documento al que tuvo acceso Infobae.
El tribunal concluyó que la IGJ no había proporcionado argumentos sustanciales. Además, determinó que la falta de consulta previa y la exclusión del derecho de defensa en el proceso administrativo habían viciado de nulidad la resolución.
La audiencia de la asamblea del 17 de octubre se realizó sin contratiempos, siendo fiscalizada por la IGJ y participando delegados, incluidos los de Talleres, quienes expresaron sus argumentos y votaciones. La Cámara Civil resaltó que ningún delegado de la asamblea expresó sentirse afectado por la convocatoria.
La decisión del tribunal confirma la legitimidad de la asamblea y de las elecciones de autoridades, subrayando que la IGJ no puede intervenir arbitrariamente en la vida interna de las asociaciones civiles, según la ley vigente.