El Gobierno nacional estableció nuevas regulaciones a través del decreto 1084/2024 donde establece la prohibición de la propaganda política en los edificios del Estado. Esta medida, publicada en el Boletín Oficial, busca erradicar la presencia partidaria en espacios públicos y establece límites estrictos sobre el uso de bienes estatales con fines personales o políticos.
En el marco de la denominada “batalla cultural”, esta medida fue firmada por el presidente Javier Milei y el Jefe de Gabinete Guillermo Francos. Establece un marco normativo que garantiza la “neutralidad institucional” y previene el “culto a la personalidad”. Por ello, se prohíbe explícitamente la colocación de imágenes, símbolos o referencias que puedan interpretarse como propaganda política en edificios, monumentos y otros bienes estatales.
Además, se introduce un requisito temporal para la asignación de nombres a bienes públicos: deberán transcurrir al menos diez años desde el fallecimiento de una figura pública o un hecho histórico antes de que su nombre pueda ser utilizado para designar un bien del Estado.
El decreto también establece que ningún funcionario, independientemente de su jerarquía o forma de contratación, podrá utilizar recursos del Estado para promover su imagen personal, ideología o afiliación política. Esta disposición busca asegurar que las acciones gubernamentales se mantengan al margen de intereses partidarios y se enfoquen en el servicio público.
Para fomentar la participación ciudadana en el cumplimiento de estas normativas, se habilita a los ciudadanos a denunciar posibles incumplimientos a través de la plataforma digital Trámites a Distancia (TAD). Alertan que cualquier violación a estas prohibiciones será considerada una infracción grave en el ejercicio de funciones públicas, lo que podría acarrear sanciones administrativas, patrimoniales e incluso penales, alineadas con las normativas vigentes.
Fuente: Diario Perfil