El fiscal del Tribunal Penal 2 de Posadas, Vladimir Glinka, presentó ante los jueces del cuerpo respectivo su queja por las postergaciones del debate oral en el que debería ser juzgado Alfredo Rafael Remskij, apostoleño de 31 años y acusado de asesinar a su madre e intentar encubrir el hecho.
Glinka elevó un escrito durante las últimas horas a César Antonio Yaya y Augusto Gregorio Busse, integrantes del TP-2, en el que sostuvo tajante: “Señores jueces, este juicio no puede volver a posponerse. Ya son tres las veces en las que el debate fue suspendido. La primera de ellas por la intempestiva renuncia del abogado a horas de iniciar el debate oral, abandonando la defensa y dejando a su pupilo sin representación alguna. La segunda, por un ejercicio abusivo del derecho de defensa, planteando todo tipo de recursos, totalmente inconducentes pero de necesaria tramitación”.
El detalle continúa: “La tercera, quizá la más llamativa y sorprendente de todas, es muy reciente y se trabajó en ella más de una semana. Un hecho sin precedentes que pueden ser plasmados en cuatro pasos que valen la pena rememorar: El nuevo abogado (Fausto Mauricio) Vergara solicitó la suspensión del debate debido a que existe ante el STJ un recurso de queja por casación denegada, aunque es sabido que tanto legal como jurisprudencialmente la queja no suspende el trámite de las actuaciones principales. Ante ello, el Tribunal sostuvo que cualquier cuestión pendiente se resolverá en oportunidad del juicio oral”.
“El segundo paso y ante la respuesta del Tribunal, el abogado Vergara planteó un recurso de revocatoria, dando para ello solamente magros argumentos. El Tribunal resolvió de acuerdo a lo ya expresado en la providencia anterior, es decir, en ocasión de debate se realizarán las manifestaciones que cada parte considere necesarias”.
“Tercer Paso: Vergara solicita una nueva suspensión del debate y para ello presenta una constancia psicológica en copia simple (reservándose el original) en la cual consta que a los fines de cuidar su salud mental deberá estar quince días de reposo absoluto. Lo llamativo de esto es que la fecha que puede leerse en la constancia es anterior al primer pedido de suspensión. Es decir, es anterior al primer paso relatado. Vale destacar que esos quince días de reposo absoluto habrían transcurrido por completo antes de la celebración del debate”.
Glinka también cuestiona a la defensa en su presentación con un interrogante: “¿Por qué razón el letrado no acompañó la constancia cuando la tuvo quince días atrás? ¿O por qué siguió litigando si según la constancia no debería hacerlo?”
“Ante ello, se enviaron las actuaciones al Cuerpo Médico Forense del STJ quien contesta informando que la constancia presentada no reviste el carácter de certificado médico por lo cual el Tribunal decidió continuar la causa según su estado”.
“Pero hay un cuarto paso: habiendo sido notificado de la providencia del Tribunal, Vergara mantiene silencio hasta las 5.15 del lunes 2 de diciembre pasado, tres horas antes del inicio del debate. Presentó un nuevo escrito pidiendo la suspensión acompañando constancias, certificados médicos, etcétera. Nuevamente podemos advertir que las documentales acompañadas -si es que fueran reales porque la copia simple no permite certezas al respecto- datan del viernes 29 de noviembre. Sin embargo, fueron presentadas tres días después a solo tres horas del inicio del debate oral y en detrimento del enorme esfuerzo jurisdiccional que implica traslados y notificaciones a testigos, necesarias para un juicio oral y público”.
“El Tribunal, ante la ausencia/abandono del defensor, resuelve con buen tino designar un defensor oficial, debiendo suspenderse el debate por tercera vez”.
El funcionario judicial cierra con el mismo tono: “Por todo lo expuesto, me veo en la obligación de manifestar que este debate no puede volver a postergarse, ya fue suspendido en tres oportunidades y ninguna de ellas por las razones que la ley establece”.