La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo hizo lugar a una medida cautelar presentada por los gremios Asociación de Empleados Fiscales e Ingresos Públicos (AEFIP) y el Sindicato Único del Personal Aduanero (SUPARA), y ordenó al Poder Ejecutivo Nacional y a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA)- exAFIP- que se abstengan de despedir o modificar las condiciones laborales de los trabajadores protegidos por convenios colectivos.
La resolución, a la que accedió PRIMERA EDICIÓN, busca frenar despidos masivos y cambios en las condiciones laborales de trabajadores amparados por convenios colectivos.
La medida cautelar fue dictada luego de que los gremios denunciaran un plan del gobierno para reducir personal en ARCA, lo que implicaría, según las entidades, una vulneración de derechos laborales garantizados por los convenios colectivos CCT 56/92 y Laudo 16/92. La Cámara consideró que existían elementos suficientes de verosimilitud del derecho y peligro en la demora.
El tribunal ordenó al PEN y a ARCA abstenerse de implementar cualquier acción que afecte la estabilidad laboral de los trabajadores protegidos por los convenios, hasta que se emita una sentencia definitiva. Asimismo, dispuso la notificación urgente de la decisión.
La sentencia subrayó que los derechos colectivos representados por los gremios tienen respaldo constitucional y que cualquier acción que los afecte debe ser evaluada con rigurosidad. Para los magistrado, estabilidad laboral es un derecho protegido y los gremios cuentan con legitimación para actuar en defensa del colectivo.
La resolución revocó una decisión anterior que había rechazado la medida cautelar con el argumento de que no existía un caso concreto, sino solo una posibilidad futura de despidos.