El presidente del Concejo Deliberante de Concepción de la Sierra, Fabián Pawluk, defendió a reciente creación de la “Tasa por Servicios Especiales de Carnaval”, marcando que la medida busca formalizar un acuerdo que comerciantes y comparsas vienen sosteniendo de manera informal desde hace décadas.
Según Pawluk, el proyecto surgió como una solicitud conjunta de las comparsas con el objetivo de solucionar un problema recurrente en cada temporada de carnaval. “Hay que poner en contexto que esto generaba diferencias entre algunos comerciantes y las comisiones organizadoras de las comparsas desde hace muchos años. El espectáculo que brindan en el sambódromo atrae más clientes a los comercios cercanos, que incluso compiten en el servicio de bar con las cantinas de las comparsas”, explicó.
El concejal recordó que, en 2006, se aprobó una ordenanza que intentó regular este tema, pero que carecía de sustento legal, lo que impidió su exigibilidad y derivó en litigios contra administraciones anteriores. En 2012, se realizó una modificación de la norma, pero seguía sin contar con la base legal necesaria para su implementación efectiva. A pesar de ello, comerciantes y comparsas continuaron acordando de manera informal un canon que financiaba la salida de las agrupaciones al corsódromo.
“Es por todo ello y poniendo en la balanza los reclamos de ambas partes, que el HCD quiso dar un marco normativo que brinde seguridad jurídica. Al convertirse este canon en una tasa, se exige al municipio la prestación de servicios como seguridad, limpieza, sanitarios extras e iluminación, tal como lo establece la ordenanza”, afirmó Pawluk.
El funcionario también aclaró que se establecieron diferentes categorías para los comercios según su nivel de afectación, reduciendo el importe para aquellos que no compiten directamente con las cantinas de las comparsas.
“En fin, se dio un marco normativo a lo que se venía acordando entre las partes involucradas desde hace 35 años”, enfatizó.
La polémica
El Concejo Deliberante de Concepción de la Sierra sancionó dos ordenanzas clave que impactan en la recaudación municipal y en la organización de eventos en la vía pública. Se trata de la Ordenanza 04/2025, que introduce modificaciones en las tasas municipales, y la Ordenanza 07/2025, que crea la “Tasa por Servicios Especiales de Carnaval
Con respecto a la primera, se establece que la tasa por publicidad en la vía pública o dentro de locales con acceso al público será de $20.000 por metro cuadrado anual. En caso de anuncios iluminados, el monto se duplicará, y si incluyen animaciones, se incrementará en un 20%.
Por otro lado, se modificaron las tasas aplicables a estructuras de telecomunicaciones. El análisis de emplazamiento de antenas tendrá un costo de $960.000, mientras que para postes de Wi-Fi será de $320.000. Además, la verificación de seguridad de estas estructuras se fijó en los mismos valores, con vencimiento anual cada 10 de enero
En cuanto a habilitaciones de obras, la nueva tasa será de $1.600.000 por única vez, y la inspección de canalización subterránea o aérea de fibra óptica costará $2.000 anuales por metro lineal.
Finalmente, se estableció una tasa de almacenamiento para neumáticos fuera de uso (NFU), con montos que varían según el tipo. Mientras que los neumáticos de motos pagarán $4.200 por unidad, los de camiones y transporte abonarán $28.000, y los de maquinaria agrícola y aeronavegación llegarán a $420.000.
Tasa por Servicios Especiales de Carnaval
Por otro lado, la Ordenanza 07/2025 crea la “Tasa por Servicios Especiales de Carnaval”, que deberán abonar los comercios beneficiados por el evento que se desarrollará en la avenida Barrufaldi. El tributo busca financiar servicios adicionales de seguridad, limpieza, iluminación y promoción durante el desfile de comparsas, además de la instalación de sanitarios públicos y asistencia sanitaria.
Según la norma la tasa se determinará de acuerdo con la siguiente modalidad:
“a) Monto fijo por local según el tipo de comercio, de acuerdo a la siguiente clasificación:
- Bares, restaurantes y confiterías: 1100 U.T. (unidades tributarias) por día.
- Restantes comercios: 550 U.T. por día.
“b) Si el comercio se encuentra en el radio de cerramiento y no tenga carácter de frentista sobre la avenida el monto sereduce en un cincuenta por ciento (50%) por día.
“c) Vendedores ambulantes: Se autorizará su permiso para comerciar dentro del predio, la venta de productos artesanales no suntuosos, de talabartería, cerámica, herrería, juguetería, anillos, aros, cadenas, globos, barriletes, banderines,fotógrafos con accesorios y que no comercialice idénticos productos que las cantinas de las comparsas participantes delevento, abonarán el monto establecido en el inciso b).
“Dichos comercios deben tener a la venta o prestar el servicio que se encuentra inscripto en la municipalidad de Concepción de la Sierra, con tasas e impuestos al día y debe circunscribir su puesto de venta dentro del local comercial, casocontrario abonara la tasa como un establecimiento más.
“En caso de suspensión del evento por mal tiempo u otras causas justificadas, el pago del derecho será válido para lafunción siguiente.
Además aclara que “quedan exentos del pago de la tasa las cantinas de las respectivas comparsas participantes del evento”.