El Gobierno argentino oficializó la eliminación de los traslados de cárcel para reclusos que cambien de género, una medida anunciada previamente por el vocero presidencial, Manuel Adorni. La medida se concretó con la publicación del Decreto 61/2025 en el Boletín Oficial que establece nuevas regulaciones sobre la asignación de alojamiento para personas privadas de libertad que hayan realizado la rectificación registral de su sexo.
El artículo 1 del decreto establece que “la administración penitenciaria asignará, dentro de su misma jurisdicción, el lugar de alojamiento, reubicación o traslado de la persona privada de la libertad en función del sexo que la persona registre, en los términos de la Ley N° 26.743, al momento del hecho por el cual se ordenó su detención”.
Además, se restringe el alojamiento en establecimientos penitenciarios destinados a mujeres para aquellas personas que hayan tramitado la rectificación registral de su sexo. Específicamente, “no podrá disponerse el alojamiento en un establecimiento penitenciario destinado a mujeres, de una persona que haya tramitado la rectificación registral de su sexo” en casos donde “la privación de la libertad sea dispuesta por la comisión de un delito previsto en los Títulos I, III o V del Libro Segundo del Código Penal o por cualquier otro delito cuando hubiere sido cometido con violencia hacia una mujer”.
El artículo 2 del decreto establece que la autoridad competente de cada establecimiento penitenciario “deberá denegar cualquier solicitud de reubicación o de traslado dentro de la misma jurisdicción, a la persona que con posteridad al hecho por el cual se ordenó su detención inicie el procedimiento de rectificación registral del sexo, del nombre de pila y de la imagen previsto en la Ley N° 26.743″.
El decreto también contempla la protección de las personas que ya han iniciado o finalizado el proceso de rectificación registral de su sexo, exigiendo a los establecimientos penitenciarios garantizar su seguridad. A su vez, se aclara que “en ningún caso podrán adoptarse medidas que puedan representar un riesgo para la seguridad, la integridad física, psíquica o moral, o la vida de los demás internos del establecimiento penitenciario”.
El Gobierno justifica la medida argumentando la necesidad de garantizar la seguridad de las personas detenidas: “resulta irrazonable que el reconocimiento de un derecho, en el marco de la ejecución de una pena privativa de la libertad, pueda ser empleado para poner en peligro la vida, la seguridad y la integridad sexual de las mujeres que cumplen sus condenas en establecimientos penitenciarios”.
Fuente: Infobae