La asesoría letrada de la Dirección Nacional del Inadi emitió un dictamen en el que encuadró como “conducta discriminatoria” a los dichos del diputado radical Germán Bordón en una controvertida reunión de bloque, denunciados posteriormente por su par de la UCR María Losada como expresiones de “violencia de género”.En el dictamen de 17 fojas, al que pudo acceder PRIMERA EDICIÓN, el organismo analiza la denuncia y determina que se encuadra en los términos de la Ley 23.592, sancionada durante el gobierno de Raúl Alfonsín y que se conoce como “Ley Anti discriminatoria”.Tras un pormenorizado estudio de los antecedentes del caso y de dar por acreditada la existencia del hecho, el dictamen sostiene que “representa un claro acto de violencia de género, lo que en consecuencia constituye a su vez “un acto discriminatorio en tanto reproduce la cosificación de la mujer, un grupo históricamente vulnerado y que ha sufrido una discriminación, formal e informal, hasta nuestros días, por el sólo hecho de ser mujer”. Destaca asimismo que “un comentario de índole sexual, como el analizado, deja a la mujer en un plano de total dependencia y subordinación al hombre, como si se tratara de una menor de edad a la que el hombre experimentado, en ejercicio de un paternalismo infundado, le recomienda cómo ser feliz”.Más que una bromaEn la primera parte el dictamen estudia los antecedentes de la denuncia, en la que incluye testimonios de todos los testigos y publicaciones periodísticas, para concluir que el hecho existió a pesar de que fuera negado por el denunciado Bordón y su par Gustavo González. Los testimonios de Walter Molina y Mario Pegoraro, sin embargo, reconocieron la verdad de la denuncia, aunque el primero de ellos trató de minimizar argumentando que fue “una broma de mal gusto”. Además de considerar los aportes documentales de Losada, en la revisión de los antecedentes, se desmenuza el descargo de Bordón, en el que se encuentran contradicciones y ambigüedades ya que, mientras niega el hecho, desliza argumentos referidos a los alcances del humor. El documento ridiculiza el comunicado emitido por Bordón cuando alude a la tragedia ocurrida en torno a Charlie Hebdo en Francia. “Estas alusiones (las de Bordón) al humor, sus límites y sus consecuencias francamente no pueden entenderse, ni tendrían sentido alguno, si el denunciado no estuviera colocando el conflicto con la señora Losada, o por lo menos el inicio del mismo, en un malentendido provocado por una broma suya”.De esta manera el asesor letrado entiende que Bordón niega pero a la vez intenta reducir el hecho a una broma.Culebrón políticoEl Inadi, también antes de entrar de lleno en el análisis del hecho, con referencias concretas a la Constitución y las leyes que condenan la discriminación, se hace lugar para despegarse de las consecuencias políticas del dictamen. Aclara que sólo analiza la existencia o inexistencia de un acto o conducta discriminatoria y precisa que el dictamen no tiene carácter vinculante y no crea, modifica no extingue derechos. Pero, en este sentido recrimina a ambas partes la “connotación política subyacente”. Insiste en que las consecuencias políticas deben ser dirimidas en el ámbito que corresponde y no en el organismo como el Inadi que se limita a encuadrar le hecho denunciado. De esta manera, aunque reconoció fundamentos políticos en la denuncia realizada un año después, refutó también ese argumento esgrimido por Bordón en su defensa. En concreto sostiene que el hecho puede ser político, pero la discriminación y la violencia existieron.Expulsión “en regla”En otro dictamen el Inadi rechazó la denuncia de los diputados María Losada y Hugo Escalada determinando que sus expulsiones de la UCR no encuadran en actitudes discriminatorias. El asesor letrado Emiliano Marilungo destaca que “es decisivo entender que un tratamiento desigual para con una o más personas respecto de otras, no representa en sí mismo una conducta discriminatoria. Considerar que todas las personas deben tratar igual a todas las demás en todas las situaciones posibles y más allá de cualquier condición, no sólo resulta extraño a la propia naturaleza humana, sino que implica obligar a lo que ninguna normativa conmina”. Por eso, aunque admite que hubo situaciones irregulares en las expulsiones, sostiene que deberían ser resueltas en las sedes orgánicas o administrativas pertinentes, cuando no en sede judicial.
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