Las niñas no decían nada porque las tenía bajo amenazas. Durante meses aguantaron en silencio humillaciones, maltratos y abusos. Tenían once y trece años cuando la madre se dio cuenta que la conducta alegre e inocente se esfumó con tanto dolor. La mujer les preguntó qué les sucedía y ellas no soportaron más. Ese día le describieron cada una de las vejaciones a las que eran sometidas cada vez que la madre salía rumbo al trabajo. Horrorizada por lo relatado, en octubre de 2015 la mujer no dudó y ese mismo día denunció a su esposo en la dependencia policial. De inmediato los uniformados arribaron a la propiedad y de éste modo, el hombre de 45 años y ocupación contratista, quedó tras las rejas. Finalmente, en un juicio abreviado, el depravado confesó los abusos con los cuales humilló a sus propias hijas durante un tiempo que, hasta el momento, no se logró precisar. Fue así que el depravado aceptó la condena de catorce años de prisión de carácter efectivo por el delito de “abuso sexual con acceso carnal calificado reiterado”.El lamentable hecho salió a la luz en octubre de 2015, pero los abusos en casa de las pequeñas comenzaron varios meses antes.Todo ocurría cuando la madre de las niñas salía de la casa, ubicada en barrio Escondido de Oberá, en cercanías a la ruta nacional 14.Según fuentes consultadas, la mujer se marchaba rumbo al trabajo y dejaba a las hijas bajo el cuidado del padre. El depravado, al quedar a solas, encerraba a las víctimas y las obligaba a practicarle sexo oral. Luego, las accedía carnalmente. Ese tipo de hechos se repitieron una y otra vez. Las pequeñas nunca dijeron nada por miedo a que el hombre cumpliera con las amenazas, dirigidas hacia su madre. Sin embargo, fue la mujer quien descubrió que algo andaba mal. Notó que las chicas habían cambiado de actitud, las notaba retraídas y les preguntó cuál era el motivo. Ellas no tardaron en contar, con lágrimas, todo lo que vivieron por parte de su propio padre, quien finalmente fue condenado en las últimas horas.Encuadre legalEl contratista de 45 años fue condenado en base al artículo 119 del Código Penal Argentino, en los párrafos primero y tercero, donde se establece que “será reprimido con reclusión o prisión de seis meses a cuatro años el que abusare sexualmente de persona de uno u otro sexo cuando, ésta fuera menor de trece años o cuando mediare violencia, amenaza, abuso coactivo o intimidatorio de una relación de dependencia, de autoridad, o de poder, o aprovechándose de que la víctima por cualquier causa no haya podido consentir libremente la acción (…) La pena será de seis a quince años de reclusión o prisión cuando mediando las circunstancias del primer párrafo hubiere acceso carnal por cualquier vía (…)”, en función del cuarto párrafo y del inciso b, donde fija que “en los supuestos de los dos párrafos anteriores, la pena será de ocho a veinte años de reclusión o prisión si (…) el hecho fuere cometido por ascendiente, descendiente, afín en línea recta, hermano, tutor, curador, ministro de algún culto reconocido o no, encargado de la educación o de la guarda”.
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