Más de diez años pasaron del crimen de Clemente Saúl Ramírez (19). Y más de ocho, desde que fueron condenados a prisión perpetua los hermanos Norberto Osvaldo “Caín” (38), Cristóbal Argentino “Lulú”?(33), Manuel Pastor “Pica” (40) y Fermín Ariel (36) Fleitas. Sin embargo, el caso parece “de nunca acabar”: ahora la Corte Suprema de Justicia de la Nación ordenó al Superior Tribunal de Justicia de Misiones que revise la confirmación de aquella sentencia que había dictado años atrás.La novedad, según pudo saber PRIMERA?EDICIÓN, se conoció semanas atrás, una vez que el máximo órgano judicial de la Argentina se expidió al respecto. En el documento, firmado por los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda, Horacio Rosatti y Carlos Rosenkrantz, la Corte Suprema le pide al STJ -donde el expediente “durmió” varios años- una nueva revisión, mucho más profunda a la realizada en un primer momento.El caso se inició en la madrugada del 31 de marzo de 2007, cuando en un camino de las afueras de Capioví fue hallado asesinado a golpes Clemente Saúl Ramírez (19).Por aquel hecho fueron detenidos cinco de los hermanos Fleitas, acusados de ultimar a la víctima a golpes de puño y patadas, aparentemente porque Ramírez intentaba cotejar a una de las hermanas de los imputados.Los cinco llegaron a debate oral y público en mayo de 2009, ante el Tribunal Penal 1 de Posadas. La sentencia se conoció el lunes 1 de junio de 2009: uno de los hermanos fue absuelto, pero los otros cuatro terminaron condenados a prisión perpetua por el delito de “homicidio agravado por el concurso de dos o más personas”.Sentencia apelada, sin efectoDespués de la sentencia, la defensa de los acusados presentó un recurso de casación ante el STJ, con el objetivo de que el cuerpo misionero reabra la causa y analice aquella condena. Tras varios años, el tribunal provincial finalmente se pronunció y confirmó el fallo del Tribunal Penal 1, razón por la que la defensora de los imputados recurrió en queja ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.Semanas atrás, después de más de ocho años de la finalización del juicio, la CSJN?se pronunció, anuló aquella resolución del STJ y ordenó que revise la misma de manera más amplia.“Se hace lugar a la queja, se declara procedente el recurso extraordinario y se deja sin efecto la sentencia apelada. Remítanse los autos al tribunal de origen a efectos de que, por quien corresponda, se dicte un nuevo pronunciamiento con arreglo a la doctrina aludida”, dice la resolución de la Corte, que envió de regreso el expediente al STJ?-al que se refiere como tribunal de origen- para un nuevo análisis.Una década después del hecho -ocho años después de la sentencia- la causa sigue sin tener condena firme, sin un punto final tanto para los familiares de la víctima como para los imputados.
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