El doctor Raúl Montenegro, biólogo y presidente de FUNAM (Fundación para la defensa del ambiente) y profesor titular de Biología Evolutiva de la Universidad Nacional de Córdoba, dialogó con PRIMERA EDICIÓN y alertó sobre los problemas que puede generar en la salud de la familia de Ricardo Koziuk, un vecino que reside en el Lote 51 de esta localidad y que rechaza la instalación de una subestación transformadora frente a su domicilio. Montenegro refutó los argumentos esgrimidos por Emsa y por la Municipalidad de Apóstoles, quienes minimizan el tema. Además recalcó que el caso del vecino apostoleño se repite en otros escenarios con el mismo impacto nocivo.Como especialista y profesor universitario, podría explicarnos ¿a qué peligros está expuesto un vecino como Koziuk con la colocación de una subestación transformadora a 30 metros de su casa?El riesgo para la salud deriva no solamente de la subestación sino también de los tendidos eléctricos que entran y salen, porque ambos generan campos magnéticos de frecuencias extremadamente bajas. Si esos campos magnéticos son iguales o superiores a 0,3 microteslas, lo que equivale a 3 miligauss, existe riesgo para la salud. No debemos olvidar que la Agencia Internacional de Investigación sobre el Cáncer, el IARC, que depende de la Organización Mundial de la Salud, clasificó a los campos magnéticos como posibles cancerígenos humanos, ubicándolos en el grupo 2 B de riesgo. ¿Por qué Emsa entonces dice que no hay riesgos y que se cumple con la ley?La respuesta es simple, porque no están actualizados técnicamente y porque el Estado olvida que su principal misión es proteger la salud de las personas, no las finanzas de una empresa estatal ni los intereses de una industria, en particular cuando hay otras localizaciones alternativas. Equivocadamente Emsa y los autores del Estudio de Impacto Ambiental confunden los estándares ambientales de la Resolución 77/1998 de la Secretaría de Energía, que repito son estándares ambientales, con estándares sanitarios. En Argentina no existen estándares de campos magnéticos para proteger la salud de las personas, pese a que sí existe internacionalmente un estándar precautorio de que las personas y muy especialmente los niños no deben ser expuestos a campos magnéticos iguales o superiores a 0,3 microteslas. Aclaro que la Resolución 77/1998, una norma por otra parte obsoleta, estableció como estándar ambiental un valor desmesuradamente alto de 25 microteslas.¿Entonces los campos magnéticos superiores a 0,3 microteslas son dañinos para los niños?Efectivamente. En base a los estudios de dos grupos de investigación, el de Ahlbom y el de Greenland, que actuaron separadamente y que publicaron sus resultados en el año 2000, hoy sabemos con validez estadística indiscutible que niños expuestos a campos magnéticos iguales o superiores a 0,3 microteslas tienen 1,7 a 2,0 veces más probabilidad de desarrollar leucemias. ¿Hay alguna manera de contrarrestar esos riesgos? ¿Existe algún otro peligro?La única forma para que la salud de esta familia quede protegida es aumentar significativamente la distancia de los tendidos eléctricos y de la subestación transformadora así no quedan expuestos a campos magnéticos de 0,3 microteslas o mayores. Vivir a 30-50 metros de distancia de la estación transformadora no garantiza inocuidad, todo lo contrario. Legalmente cabe aplicar el Principio de Precaución establecido en el Artículo 40 de la Ley de Ambiente 25675, no la resolución de la Secretaría de Energía. En este caso la única salida legalmente correcta es cambiar la localización de tendidos y estación transformadora a una distancia que no signifique riesgos para la familia Koziuk. No debe olvidarse que las estaciones transformadoras también pueden incendiarse e incluso sufrir explosiones, y que si en el lugar actúan además contaminantes del aire, del agua o del suelo puedan darse cócteles de contaminantes y por lo tanto de riesgos. ¿Puede una persona común y corriente como Koziuk hacer algo para impedir sufrir ese peligro "invisible"?Claro que sí, porque el defiende su derecho a la salud, porque está vigente el “Principio de Precaución” y porque hay antecedentes judiciales y administrativos de que empresas eléctricasdebieron trasladar instalaciones o modificar proyectos cuando generaban o podían generar campos magnéticos iguales o superiores a 0,3 microteslas, o las estaciones tenían riesgo de incendio y explosión. ‘In dubio pro salus’: ante la duda, se debe privilegiar la salud. El año pasado, en que estuve como profesor e investigador invitado en la Universidad de Franche Comté en Francia describí precisamente la irresponsabilidad con que actuaban muchas empresas eléctricas de Argentina, públicas y privadas y los casos de luchas exitosas por ejemplo en Jujuy y Tucumán. ¿La única opción para Koziuk es mudarse?La única opción es que la empresa eléctrica instale tendidos y estación transformadora en una localización que no afecte ni la salud ni la seguridad de la familia Koziuk.Entonces ¿cuáles serían los parámetros aceptables de un campo electromagnético para la salud de una persona?Que las personas no estén expuestas a campos magnéticos iguales o superiores a 0,3 microteslas. En el Parlamento Nacional se está analizando, precisamente, un proyecto de ley que establece este valor de protección. Obviamente hay numerosos antecedentes de países y jurisdicciones que han adoptado ese límite o un valor ligeramente superior, como 1 microtesla. Es el caso de Suiza y algunas regiones de Italia, por ejemplo.
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