El proyecto, aprobado por mayoría, modificó el artículo 80 de la ley 8.123 del Código de Procesal Penal provincial, para incorporar la figura del arrepentido que, salvo en los delitos de lesa humanidad, se aplicará causas de narcotráfico, corrupción de menores, prostitución y trata de personas, secuestro extorsivo, asociación ilícita, corrupción con fondos públicos, delitos contra el orden financiero y económico, entre otros.
La diferencia sustancial con la ley nacional es que hacemos hincapié en una demanda de la sociedad para que el imputado arrepentido devuelva los dineros, efectos o bienes mal habidos”, explicó a los medios el legislador de Cambiemos y autor del proyecto de modificación, Javier Bee Sellares.
Asimismo, habilita al magistrado que homologó el acuerdo a la aplicación de la prisión preventiva, ante la eventual existencia del peligro de entorpecimiento en la investigación, o cuando los datos que aporte el arrepentido no puedan ser corroborados (falso testimonio).
Bee Sellares resaltó que la nueva norma va a permitir a los jueces de Córdoba “desentrañar organizaciones criminales y esclarecer los considerados delitos complejos, entre ellos los vinculados a la administración pública más comúnmente llamados delitos de corrupción”.
Fuente: Agencia de Noticias Télam