
Durante 2018 hubo tres municipios que finalizaron la redacción de sus respectivas Cartas Orgánicas, las aprobaron y las publicaron en el Boletín Oficial de la Provincia, quedando formalmente homologadas. Ellos fueron: Eldorado, San Pedro y San Ignacio.
En los tres casos hubo intentos, por parte de los convencionales opositores, de colocar algunos artículos que permitan al municipio eliminar el sistema electoral conocido como Ley de Lemas, el cual permite a un partido político o frente poder presentar varios candidatos a intendentes y después, una vez finalizada la elección, sumar todos los votos obtenidos por esos candidatos en favor del que más votos recibió dentro de ese espacio.
Históricamente en Misiones, la oposición (a veces el PJ, otras veces el radicalismo, ahora Cambiemos) cuestionó el sistema electoral y realizó intentos por derogarlo. Sin embargo, la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en un fallo de mediados de diciembre, determinó que la Ley de Lemas no colisiona con la Constitución Nacional y que es facultad de cada provincia dictaminar su sistema con autonomía.
Para 2019 quedan cuatro municipios misioneros que todavía están trabajando en la redacción y finalización de sus respectivas Cartas Orgánicas.
Esos municipios son San Javier, Wanda, 25 de Mayo y Puerto Esperanza.
Como en los tres que ya aprobaron sus cartas magnas, hay intentos opositores por derogar la polémica Ley de Lemas.
Sin embargo, hay una fuerte movida de la renovación por instalar la idea de que es “imposible” que los municipios puedan legislar y crear su propia justicia electoral.
En los cuatro municipios hubo reuniones con los convencionales y dirigentes provinciales donde les “dejaron en claro” que “no puede existir un régimen electoral municipal porque violaría la Constitución provincial y sería declarado inconstitucional”.
Inconstitucionalidad
Hace algunos días, la exministra de Gobierno, diputada mandato cumplido y actualmente presidente del Parque del Conocimiento, Claudia Gauto, publicó en su cuenta de Twitter que “a propósito de Cartas Orgánicas que se están redactando, en Misiones los municipios no pueden crear justicia electoral propia ni disponer regímenes electorales distintos a los de las leyes provinciales”.
“El Tribunal Electoral de la Provincia declaró la inconstitucionalidad de dichas ordenanzas en sus diversas conformaciones, ya que violan los artículos 48 y 49 de la Constitución provincial, en los que la autonomía municipal encuentra su límite”, agregó.
El primer artículo mencionado señala que “el régimen electoral para la Provincia será establecido por ley” y que “toda elección se hará por lista de candidatos oficializada por el Tribunal Electoral”, con lo cual, una ordenanza municipal no podría prosperar frente a este artículo.
Por otra parte, el artículo 49 destaca que “el Tribunal Electoral tendrá carácter permanente y tendrá las atribuciones que la ley establezca”.
“La Constitución Provincial crea el Tribunal Electoral como única autoridad electoral de la provincia. Por otro lado, el régimen electoral será establecido por ley. Si crean tribunales municipales, aunque sea para cargos municipales, y si establecen regímenes electoral que no sean por ley, estarían violando la Constitución”, aclaró Gauto.
“Hay tres antecedentes donde el Tribunal electoral declaró inconstitucional el intento de un municipio misionero de crear su propio régimen”, finalizó.
El último caso fue en 2007, cuando el entonces intendente Jorge Brignole intentó desdoblar las elecciones en Posadas y su planteo fue rechazado por el Tribunal Electoral. En aquel entonces, enfrentado con la renovación, pretendía que los posadeños adelanten las elecciones para luego discutir la cuestión provincial.
Con este escenario, ninguno de los cuatro municipios que todavía están redactando sus Cartas Orgánicas podría eliminar por ordenanza la Ley de Lemas, más allá de la autonomía que tengan.
San Javier es el municipio donde la oposición está haciendo mayor fuerza, pero no contaría con los votos suficientes de los convencionales para abolir el sistema a nivel municipal.