
Un hombre de 44 años fue condenado en Oberá por haber abusado de su hijastra menor de edad en reiteradas oportunidades. El caso se resolvió en una sola audiencia y la víctima fue citada a comparecer como testigo dado que actualmente tiene la mayoría de edad.
Cinco testigos se presentaron ante el Tribunal y cada uno de ellos aportó datos para esclarecer qué sucedía en la vivienda de la localidad de Dos de Mayo, donde residía la joven con su madre y su padrastro.
El caso trascendió el 7 de julio de 2017, cuando la adolescente le contó a su padre lo que había sucedido varias veces con la nueva pareja de su madre.
El padrastro aprovechaba las oportunidades en que se quedaba solo con ella en la casa. La primera vez fue cuando la menor tenía trece años. En ese entonces el hombre entró a la habitación y a la fuerza empezó a manosearla. Después le sacó la ropa para violarla. Cuando finalizó el acto y bajo amenazas de muerte le dijo que no contara nada a su mamá ni a nadie.
La situación volvió a repetirse bajo la misma modalidad. La última vez fue cuando ella ya tenía 14 años. Otra vez su madre no estaba y él volvió a violarla.
Ya había pasado bastante tiempo y en una visita a la casa de su padre ella le contó el padecimiento que había sufrido. Apenas el progenitor se recompuso del shock que le provocó la noticia, se dirigió a la Comisaría de la Mujer a radicar la denuncia.
El sospechoso fue detenido y luego de recabar testimonios y las pericias de Cámara Gesell realizadas a la menor, le dictaron la prisión preventiva.
Ya en juicio, en el debate fue citada la víctima para que declarara ante el Tribunal, pero entró en una crisis de nervios que le impidió dar precisiones sobre los abusos. Los magistrados solicitaron que fuera revisada por el equipo forense y estos determinaron que no estaba en condiciones de prestar testimonio.
Finalizada la etapa de alegatos y tras retirarse a deliberar, los jueces Francisco Aguirre, Lilia Avendaño y José Pablo Riveros resolvieron condenar a Ceferino Dos Santos a 18 años de prisión, al hallarlo responsable del delito de “abuso sexual con acceso carnal, agravado por la situación de convivencia preexistente”.