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Denegaron la apelación de Medina condenada como cabecilla narco

12 mayo, 2019

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de esta capital rechazó el recurso de casación a una joven condenada a ocho años de prisión por integrar una red de transporte de drogas. Los magistrados federales tacharon la presentación realizada por la abogada de Karina Noemí Medina (27) como de “sofistería” y sin fundamentos de rigor para solicitar la admisibilidad de la apelación.

Medina fue sentenciada el miércoles 20 de marzo pasado junto a otros cuatro participantes, como autora penalmente responsable de “transporte de estupefacientes agravado por la intervención de tres o más personas organizadas para cometerlo” (Artículo 5, inciso C y 11 inciso C de la ley 23.737, y artículos 45, 29 inciso tercero y 12 del Código Penal Argentino).

Los jueces Norma Lampugnani, Manuel Alberto Jesús Moreira y el subrogante Víctor Antonio Alonso no admitieron el planteo apelatorio. En su resolución, remarcaron que la defensa omitió efectuar todo examen de los requisitos formales de admisibilidad y si los motivos invocados permiten el otorgamiento.

El Tribunal se opuso al planteo cuando califica como “arbitrario” el fallo al considerar que se habrían violado normas “sin precisar qué vicio sustancial de logicidad cree advertir en el pronunciamiento condenatorio”.

“Y trata de ingresar al campo de un nuevo análisis de hechos y pruebas con el esforzado malabarismo dialéctico de la apariencia de arbitrariedad de la sentencia”, sostuvieron los camaristas y agregaron: “Quien pretenda descalificar un pronunciamiento jurisdiccional válido, deberá ceñirse a muy estrictos cánones, ya que el instituto de la arbitrariedad tiene muy bien delineados sus contornos. No es cualquier argumento el que alcanza para tildar válidamente de arbitrario un razonamiento judicial, menos aún cuando proviene de un Tribunal colegiado”.

Resalta que la defensa, en este caso, “Debió esgrimir muy sólidas razones para sustentar su pretensión, en su condición de auxiliar de la Justicia y no limitarse a una mera enunciación de arbitrariedad. Que además, sólo compete a la Corte, con su máximo rango, el encuadre normativo que conduzca a fulminar con arbitrariedad el fallo de un tribunal inferior (…) Por cuya razón, su escrito de 62 páginas no pasa de ser un insistente desacuerdo, que no puede dar sustento a la admisión del recurso”.

La intención de apelación, de acuerdo a la resolución del Tribunal, “acometió contra las pruebas, especialmente las escuchas telefónicas a los miembros de la organización delictiva, contenidas en 176 discos compactos, agregados a la causa y admitidos como elementos de convicción que el Tribunal tuvo en cuenta para llegar al convencimiento judicial”.

También aseguró que se vulneraron principios lógicos. A lo que los jueces respondieron: “El planteo más parece una caza de mariposas en campo abierto, imbuido de ambigüedad y carente del rigor propio de la interposición seria de un recurso. Debió señalar con exactitud cuál de los principios lógicos considera quebrantado y de qué modo. Cuál de las funciones veritativas estima erróneamente formalizada. Cuál de los razonamientos contenidos en la sentencia considera mal construído y por qué”.

“No habiéndolo hecho, ni ensayado siquiera un atisbo de fundamentación, el vacío resultante impide dar andamiento al recurso impetrado, por lo que no se habilitará la vía casatoria por esta causal”.

Fue tajante: “El malabarismo dialéctico con que se la quiera disfrazar, no constituye materia casatoria, y así corresponde declararlo”, amparados por el marco del artículo 456 -inciso 1°- del Código Procesal Penal “inobservancia o errónea aplicación de la ley sustantiva”.

“La supuesta arbitrariedad a que alude (la defensa), es sólo el disfraz de su disenso, al punto de que considera arbitraria la selección del caudal probatorio de cargo que condujo a la condena, pero no señala las supuestas pruebas de descargo de suficiente entidad como para hacer neutralizar la fuerza convictiva y generar, por lo menos, una duda razonable”.

“Siempre dispuesta a realizar los viajes”

Karina Noemí Medina y Juan Manuel Correa (28) fueron hallados culpables como autores del delito de “transporte de estupefacientes agravado por el número de participantes” y sentenciados a ocho años de prisión efectiva.

Por el rol de almacenamiento de la droga fue sentenciado el paraguayo Alejo Cáceres Aranda (30), a siete años de cárcel, mientras que para Peuma Co Arens (29) la pena fue de tres años de cumplimiento efectivo por el delito de “confabulación” para ejecutar los envíos de droga. Sólo Matías Guy Seró (27) volvió a su hogar porque, como “partícipe secundario de transporte de estupefacientes”, le impusieron tres años de cumplimiento condicional.

La fiscal federal Vivian Andrea Barbosa en su alegato fue puntillosa en la descripción de cada uno de los acusados, detenidos a partir del secuestro de poco más de diez kilogramos de marihuana en un control de Gendarmería sobre la ruta nacional 12 en San Ignacio, el 27 de noviembre de 2017. Procedimiento que fue desenlace de seis meses de escuchas y seguimientos ordenados por el juez Federal, José Luis Casals.

Durante el debate, para la fiscal quedó probada la responsabilidad de Karina Medina: “Ella participaba de la venta generalizada de drogas que tenía (César) Araujo”, paraguayo y presunto cabecilla de la red.
“Estaba siempre dispuesta a realizar los viajes desde Puerto Leoni a Posadas. Iba a buscar droga y hacía cobros para Araujo”.

Tags: #Narcotráfico#Posadasbandajuicionarco
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El presidente de la Confederación General Empresaria de la República Argentina (CGERA), Marcelo Fernández, cuestionó con dureza el proyecto de Modernización Laboral impulsado por el Gobierno nacional y advirtió que la iniciativa fue elaborada sin la participación de los principales actores del entramado productivo, en especial de las pequeñas y medianas empresas.“No participamos de la discusión. Hacer una reforma laboral sin convocar a quienes representamos a más de 600 mil pymes es como querer armar un programa de radio sin que estén quienes trabajan todos los días al aire”, señaló Fernández en declaraciones radiales. Según explicó, las pymes concentran entre el 75 y el 80% del empleo registrado del país, por lo que su exclusión del debate “no es un dato menor”.
El Gobierno nacional anunció la reglamentación para la habilitación de estaciones de servicio móviles, una modalidad pensada para garantizar el acceso al combustible en zonas alejadas o localidades donde las estaciones fijas dejaron de operar o se encuentran en mal estado. Desde el sector empresario, el presidente de la Cámara de Estaciones de Servicio del Nordeste (CESANE), Faruk Jalaf, valoró la medida aunque advirtió sobre los desafíos económicos y operativos que implica.“En realidad es una medida que ya estaba, lo único que se ha hecho ahora es reglamentarla”, explicó Jalaf, al tiempo que destacó que la normativa aporta un marco de seguridad tanto para proveedores como para consumidores. Según indicó, “la reglamentación busca que haya garantías, que no exista riesgo de accidentes, de traslados inseguros o de robo de combustible, porque estas estaciones van a estar en zonas más aisladas”.
El debate nacional por la reforma laboral que impulsa el Gobierno volvió a encender la polémica en torno a la posible eliminación de la matrícula profesional y la colegiación obligatoria. El tema, que forma parte de un proyecto amplio que comenzará a ser tratado en el Senado, generó preocupación en distintos sectores profesionales. Sin embargo, desde Misiones llevaron tranquilidad y marcaron límites claros a cualquier intento de modificación desde la Nación.Juan Manuel Fouce, presidente de la Federación de Consejos y Colegios Profesionales de Misiones, explicó que la regulación del ejercicio profesional es una facultad que no fue delegada por las provincias al Estado nacional. “Hay facultades que no están delegadas de las provincias a la Nación. Dentro de esas facultades está la de regular las profesiones”, afirmó.
El padre Alberto Barros, párroco de Sagrada Familia y vicepresidente de Cáritas Diocesana de Posadas, expresó su preocupación por el impacto social de la crisis económica y por el “clima de soledad e indiferencia” que, según afirmó, se expande en el país. Desde su rol pastoral y social, describió un escenario “cada vez más duro” para miles de familias misioneras.“Lo que estamos viendo es un empobrecimiento generalizado. Mucha gente de clase media que nunca se acercó a una parroquia hoy pide alimentos o medicamentos.”
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