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Para el STJ no se pudo probar la violación de Silvia Andrea González

15 septiembre, 2019
LIBERADO DE TODA ACUSACIÓN. El fallo que benefició a “Willy” Ríos fue firmado por los nueve ministros el 13 de agosto. (Archivo)

De los nueve ministros que integran el Superior Tribunal de Justicia de Misiones, sólo Cristina Irene Leiva votó en contra de la casación del fallo del Tribunal Penal 1 de Oberá que el 5 de diciembre de 2014 el Tribunal Penal de Oberá condenó a Marciano Benítez (56), Hugo Dante “Willy” Ríos (35) y Fabiana Cantero (36) por el secuestro, violación y asesinato de la adolescente Silvia Andrea González (15), perpetrado en octubre de 2001 en Campo Viera.

Los camaristas restantes Rosanna Pía Venchiarutti Sartori, Ramona Velázquez, Jorge Rojas, María Laura Niveyro, Liliana Mabel Picazo, Cristian Benítez y Froilán Zarza, fueron coincidentes con el primer voto a los recursos admitidos para análisis, el firmado por Roberto Rubén Uset.

PRIMERA EDICIÓN tuvo acceso a los fundamentos del fallo que liberó de toda culpa a “Willy” Ríos, que entre los principales puntos remarcó: “Considero que tras los 24 cuerpos de expedientes labrados en sus más de 4.800 fojas y otro tanto igual de incidencias en el caso en concreto no se ha logrado acreditar el rol que tuvo Hugo Dante Ríos en el hecho acriminado, en el grado de certeza necesario que requiere esta instancia”.

También sostiene entre sus conclusiones que “con relación al delito contra la integridad sexual por el que fueran condenados tanto Marciano Benítez como su consorte de causa Hugo Ríos y conforme fuera tratado in extenso al resolver aceptar el recurso planteado (…) Entiendo que no se ha acreditado en autos la materialidad histórica de tal hecho, es decir, que aunque las características que presentaba el cadáver al momento del hallazgo resultarían indicativas que la víctima fue sometida a abusos sexuales, dicha circunstancia no ha podido ser corroborada en autos mediante prueba científica (autopsia) ni por ningún otro medio, de modo que, aunque pueda sospecharse que el delito sexual existió, la efectiva ocurrencia del mismo no ha sido probada en la causa por lo que ni Ríos ni Benítez pueden ser condenados por un suceso que en la realidad no ha sido probado”.

“Aunque para el lego la eventual desnudez del cadáver resulte un signo incontrastable de violación previo al óbito, esta eventualidad por sí sola no basta para que este tribunal condene, más allá de toda duda, a dos sujetos como autores de un hecho que ni siquiera se puede afirmar que haya ocurrido”.

El ministro Uset también agregó en sus fundamentos: “Por esa ausencia de pruebas o por las propias limitaciones de la ciencia forense, lo cierto es que jamás lo sabremos con certeza, al menos no con la certeza que un estado de derecho exige para penas privativas de la libertad a sus ciudadanos, por no que no tengo más remedio que coincidir con los recurrentes y absolver tanto a Hugo Ríos como a Marciano Benítez con respecto al delito de ‘acceso carnal abusivo calificado’ por que fueron condenados”.

Pero fue más tajante aún: “Incluso en el informe de ampliación de autopsia, cuando los facultativos firmantes afirman ‘queremos expresar que la desnudez del cadáver con la bombacha caída en los pies en el lugar donde fue hallada no hace presumir una o varias agresiones sexuales antes de la muerte’, no hace otra cosa que expresar una opinión personal, razonable si se quiere, pero carente de todo fundamento científico que excede la simple lógica de concluir que la desnudez sumada a la ubicación de la ropa interior implica una agresión sexual. Insisto, en ningún momento se ha probado la existencia de una violación con el grado de certeza que una sentencia condenatoria exige y, en definitiva, nos encontramos frente a opiniones de profesionales que no pasan de un ‘me parece que…’, incapaz de vulnerar el principio de inocencia”.

La decisión del STJ, tal como lo publicó PRIMERA EDICIÓN, fue firmada el martes 13 de agosto último y en el caso de Benítez dejó vigente su condena a prisión perpetua como autor penalmente responsable de los delitos de “privación ilegítima de la libertad y homicidio calificado, todo en concurso real”.

También hizo lugar al recurso interpuesto por Juan Carlos Ríos, padre de Willy e intendente de Campo Viera y en consecuencia revocar la responsabilidad civil declarada en su perjuicio, rechazando la demanda en su contra.

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  • El STJ absolvió definitivamente a Ríos por el caso Silvia Andrea
Tags: #JudicialesSilvia AndreaSuperior Tribunal de Justicia de MisionesWilly Ríos
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El presidente de la Confederación General Empresaria de la República Argentina (CGERA), Marcelo Fernández, cuestionó con dureza el proyecto de Modernización Laboral impulsado por el Gobierno nacional y advirtió que la iniciativa fue elaborada sin la participación de los principales actores del entramado productivo, en especial de las pequeñas y medianas empresas.“No participamos de la discusión. Hacer una reforma laboral sin convocar a quienes representamos a más de 600 mil pymes es como querer armar un programa de radio sin que estén quienes trabajan todos los días al aire”, señaló Fernández en declaraciones radiales. Según explicó, las pymes concentran entre el 75 y el 80% del empleo registrado del país, por lo que su exclusión del debate “no es un dato menor”.
El Gobierno nacional anunció la reglamentación para la habilitación de estaciones de servicio móviles, una modalidad pensada para garantizar el acceso al combustible en zonas alejadas o localidades donde las estaciones fijas dejaron de operar o se encuentran en mal estado. Desde el sector empresario, el presidente de la Cámara de Estaciones de Servicio del Nordeste (CESANE), Faruk Jalaf, valoró la medida aunque advirtió sobre los desafíos económicos y operativos que implica.“En realidad es una medida que ya estaba, lo único que se ha hecho ahora es reglamentarla”, explicó Jalaf, al tiempo que destacó que la normativa aporta un marco de seguridad tanto para proveedores como para consumidores. Según indicó, “la reglamentación busca que haya garantías, que no exista riesgo de accidentes, de traslados inseguros o de robo de combustible, porque estas estaciones van a estar en zonas más aisladas”.
El debate nacional por la reforma laboral que impulsa el Gobierno volvió a encender la polémica en torno a la posible eliminación de la matrícula profesional y la colegiación obligatoria. El tema, que forma parte de un proyecto amplio que comenzará a ser tratado en el Senado, generó preocupación en distintos sectores profesionales. Sin embargo, desde Misiones llevaron tranquilidad y marcaron límites claros a cualquier intento de modificación desde la Nación.Juan Manuel Fouce, presidente de la Federación de Consejos y Colegios Profesionales de Misiones, explicó que la regulación del ejercicio profesional es una facultad que no fue delegada por las provincias al Estado nacional. “Hay facultades que no están delegadas de las provincias a la Nación. Dentro de esas facultades está la de regular las profesiones”, afirmó.
El padre Alberto Barros, párroco de Sagrada Familia y vicepresidente de Cáritas Diocesana de Posadas, expresó su preocupación por el impacto social de la crisis económica y por el “clima de soledad e indiferencia” que, según afirmó, se expande en el país. Desde su rol pastoral y social, describió un escenario “cada vez más duro” para miles de familias misioneras.“Lo que estamos viendo es un empobrecimiento generalizado. Mucha gente de clase media que nunca se acercó a una parroquia hoy pide alimentos o medicamentos.”
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