La provincia de Misiones se adhirió a la Ley Nacional de Acuicultura, y creó el Registro Provincial de Establecimientos de Acuicultura, a cargo de la Dirección de Investigación y Desarrollo Pesquero dependiente del Ministerio del Agro y la Producción, en el que deberán inscribirse las personas que producen y comercializan organismos acuáticos.
Además a los efectos de disponer una base de datos y estadísticas, se coordinarán acciones conjuntas con el Ministerio de Ecología y Recursos Naturales Renovables.
“Es importante que la provincia se adhiera a la Ley Nacional 27.231; esta Ley establece claramente en su artículo 27° que lo producido en Acuicultura se enmarca en el sector agropecuario, lo que conllevará a reducir el IVA (por ejemplo), tener reglas claras para el transporte y procesamiento, según lo establecido por SENASA.
Diferenciar claramente de los productos de la pesca, evitando confusiones y trastornos en la producción, como en los permisos y transporte”, argumentó la diputada Liliana Rodríguez, autora del proyecto que fue unificado con otro de similares intenciones presentado por el exlegislador Mario Lindemann durante su gestión legislativa.
Por ello la legislatura provincial determinó que “a los efectos de la presente Ley se entiende como Acuicultura a la actividad de cultivo y producción de organismos acuáticos, tanto animales o vegetales, con ciclo de vida total o parcial desarrollado en el agua. Los productos de la acuicultura son considerados productos agropecuarios a todo efecto”.
A su vez, se establece como autoridad de aplicación de la ley al Ministerio del Agro y la Producción, que “tiene a su cargo el ordenamiento, fiscalización, control y fomento de la actividad acuícola”.
Por otro lado, la autorización para la introducción de una especie exótica con destino a la producción, experimentación e investigación, será expedida con carácter provisorio por el Ministerio de Ecología y Recursos Naturales Renovables, debiéndose entregar, al finalizar, el estudio programado y a quien establece la vía reglamentaria, un informe con los resultados obtenidos. Los ejemplares que se introducen en estas condiciones no pueden ser vendidos ni diseminados en el medio ambiente sin previa autorización.
La adhesión de Misiones a la ley nacional también faculta “a la Autoridad de Aplicación a realizar toda actividad tendiente a la promoción de la investigación relacionada a la materia, pudiendo celebrar convenios con otras instituciones públicas y privadas para tal fin”.
Cabe recordar que, entre sus principales objetivos, la ley nacional propicia “el desarrollo integral y sustentable de la actividad productiva de la acuicultura, orientándola como fuente de alimentación, empleo y rentabilidad, garantizando el uso sustentable de los recursos (suelo, agua, organismos acuáticos); así como la optimización de los beneficios económicos a obtener en condiciones de armonía con la preservación del medio ambiente y de la biodiversidad”.
Propone el ordenamiento territorial, el fomento, el control y la fiscalización de la actividad. Procede a la preservación o la recuperación de los recursos acuáticos del territorio nacional, por medio de la acuicultura de repoblamiento, en caso de necesidad y cuando así lo indicaren estudios previos.
Promueve el desarrollo socioeconómico, cultural y profesional de los actores del sector acuícola, desarrollando y mejorando principalmente las economías regionales mediante programas específicos. Apoya y facilita la investigación científica, especialmente aquella dirigida a los aspectos de desarrollo tecnológico en materia de acuicultura.