Se realizó este lunes en el Juzgado Correccional y de Menores 1 a cargo de la jueza Marcela Alejandra Leiva, un debate abreviado en el cual Facundo Fabián Gómez (25), oriundo de Buenos Aires pero radicado en Misiones, aceptó los cargos de “desobediencia judicial” y “violación de domicilio en concurso ideal y acumulados” por lo que pasará cuatro años en prisión.
La causa comenzó en el 2017 cuando el encartado se separó de su pareja en aquel entonces y debido a reiteradas amenazas y situaciones de hostigamiento, ella lo denunció ante la Justicia.
Según se ventiló en el debate, llevado adelante en la sala del Correccional y de Menores I en el Palacio de Justicia, el joven incumplió la prohibición de acercamiento que pesaba sobre él en la madrugada del 21 de octubre de 2017 en el barrio Giovinazzo donde residía su expareja.
Mediante insultos y amenazas, pretendía ingresar a la propiedad para dialogar con la mujer pese a la negativa de la misma. Un llamado al 911 orientó al muchacho a retirarse del lugar.
Los demás hechos por lo que se llegó a instancia de juicio ocurrieron en el 2019. Primero en el establecimiento educativo al que asistía el hijo de ambos, en Itaembé Miní donde el encartado llegó sin previo aviso y sabiendo que no podía estar cerca de su exmujer. Intentó forzarla a un diálogo y como ella se negó y corrió cerca de una docente, el hombre se fue del lugar.
Un nuevo incumplimiento de restricción se dio el 7 de junio de ese 2019, dos días después del anterior suceso. El acusado llegó hasta un establecimiento educativo del barrio Itaembé Guazú donde su hijo tenía un evento escolar y tomó por la sorpresa a la madre, obligándola a permanecer a su lado sujetándola del hombro.
Posteriormente y ante la negativa de hablar con él, se llevó a su hijo menor de edad por lo que la progenitora del pequeño denunció lo sucedido en la comisaría de dicho barrio. Al momento de formular la denuncia, el enjuiciado llegó y le entregó al pequeño y en ese momento fue detenido.
En el debate, quedó demostrado que el encartado estaría “obsesionado” con la mujer y violó sistemáticamente las prohibiciones judiciales impuestas, previstas en los artículos 239, 149 y 150 del Código Penal Argentino.
Tras los pasos administrativos y de rutina, la jueza Mercela Leiva, la fiscal María Laura Álvarez y la defensora del acusado, acordaron un juicio abreviado al realizar audiencia de visu en la cual el ahora condenado aceptó que cometió los hechos y se manifestó de acuerdo con la pena impuesta por la magistrada y la realización de un tratamiento psicológico.
También se ordenó resguardar la integridad física de la víctima y que se disponga de una prohibición de acercamiento de todo tipo de contacto con el acusado.