
Gabriela Diana Carpineti, titular de la Dirección Nacional de Promoción y Fortalecimiento para el Acceso a la Justicia, perteneciente al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, presentó ayer ante la Cámara de Apelaciones en lo Penal y de Menores de Misiones, un informe relacionado a la situación procesal de María Ramona Ovando (46), en el que ofreció como “amicus curiae” (amigos del tribunal) su asesoramiento oficial en defensa de la liberación con restricciones que el juez de Menores 2, César Raúl Jiménez, otorgó a la sentenciada a 20 años de prisión por abuso sexual por el Tribunal Penal de Eldorado.

Los fundamentos presentados por la funcionaria constituyen una de las reacciones a la apelación al habeas corpus que liberó a Ovando, realizada por la fiscal de Menores 1, María Laura Álvarez.
La presentación de Carpineti, a la que PRIMERA EDICIÓN tuvo acceso, remarca las garantías constitucionales que asistirían a Ovando a aguardar en libertad el fallo en su contra recurrido ante el Superior Tribunal de Justicia de la provincia.
En este sentido, remarcó la garantía del “doble conforme o confronte” y la “doble instancia” como fundamento que radica “en la convicción de que toda sentencia, en tanto fruto del raciocinio humano, corre el riesgo de ser errónea y tiene como objetivo reducir las posibilidades de arbitrariedad”.
“Esta garantía prevé que ante una sentencia de condena o un auto restrictivo de derechos esenciales -tal como lo es la libertad ambulatoria- es necesario que exista un tribunal superior, o al menos distinto al que formuló el primer decisorio, a fin de que pueda examinar la decisión asumida y sus fundamentos, de modo tal de reducir las posibilidades de error judicial (…) Ambos tribunales tienen que arribar no sólo a la misma tesitura (condenar o privar de la libertad), deben hacerlo en función de procesos lógicos similares que permitan la misma conclusión”.
Carpineti desplegó su posición con jurisprudencia, pactos y tratados internacionales de Derechos Humanos contemplados por la Constitución Nacional e instó a la Cámara de Apelaciones a que se tome su opinión como “amicus curiae” y se incorpore a las actuaciones pertinentes.