Así lo dispuso mediante el Decreto de necesidad y urgencia (DNU) 411/2021 firmado por el presidente Alberto Fernández y la totalidad del gabinete nacional, publicado hoy en el Boletín Oficial.
El artículo 1 establece que se prorroga el “Decreto N° 287/21, el plazo establecido en su artículo 30, así como sus normas complementarias, prorrogados por el artículo 1° de los Decretos Nros. 334/21 y 381/21, hasta el día 9 de julio de 2021, inclusive”.
La norma corre vista al Congreso de la Nación y fue prorrogada a la espera de la sanción de la ley que establece los parámetros para el manejo de la pandemia.
En los considerandos del decreto, el Gobierno nacional se refiere a la preocupación por las nuevas variantes de virus, en especial la Delta, que tiene mayor contagiosidad y transmisibilidad que las detectadas con anterioridad.
En cuanto a la situación epidemiológica actual del país, en los considerandos de la norma se indica que “entre las semanas 15 y 19 se observó un pequeño descenso de casos posiblemente relacionado con las medidas implementadas a partir del 15 de mayo” y que “se registra un descenso de casos en la gran mayoría de las jurisdicciones”.
El descenso observado en las últimas semanas a nivel nacional se refleja también en los grandes centros urbanos, indica el DNU, y señala que “en las últimas semanas se comenzó a registrar un descenso en el número de personas internadas”.
Se precisa además que 21 de los 24 distritos del país “presentan alta incidencia en promedio -250 casos cada 100 mil habitantes en los últimos 14 días-, y 7 de ellos superan los 500 casos cada 100 mil habitantes en los últimos 14 días,12 menos que las 2 semanas previas”.
Asimismo precisa que las jurisdicciones con mayor ocupación promedio de camas de terapia intensiva son las provincias de Neuquén, Santa Fe, Corrientes, Rio Negro, Salta, San Juan y Córdoba.
La prórroga de las medidas había sido anticipada ayer en conferencia de prensa por la ministra de salud, Carla Vizzoti, quien también informó que se llegó a un acuerdo para la adquisición de 24 millones de vacunas de origen chino Sinopharm, que llegarán al país entre julio y septiembre.
El DNU prorroga la facultad de los gobernadores y al jefe de Gobierno porteño a adoptar determinadas medidas ante la verificación de determinados parámetros epidemiológicos, a través del denominado “semáforo epidemiológico”. Ese esquema se divide en bajo, mediano y alto riesgo, según la evolución de la pandemia en cada distrito del país.
Los de bajo riesgo son aquellas jurisdicciones en donde la incidencia definida como el número de casos confirmados acumulados de los últimos 14 días por 100.000 habitantes sea inferior a 50. Los de riesgo medio son las que el número se ubique entre 50 y 150 y los de alto cuando sea superior a 150.
Los grandes aglomerados urbanos, departamentos o partidos de más de 300.000 habitantes son considerados en Situación de Alarma Epidemiológica y Sanitaria cuando la incidencia definida como el número de casos confirmados acumulados de los últimos 14 días por 100.000 habitantes sea igual o superior a 500 y el porcentaje de ocupación de camas de terapia intensiva sea mayor al 80 por ciento.
No obstante, la autoridad sanitaria nacional podrá modificar los parámetros previstos en este artículo, de acuerdo a la evolución epidemiológica y sanitaria.
Además se oficializó la prórroga del cierre de fronteras al turismo hasta el próximo 9 de julio y el cupo de 600 pasajeros diarios para el ingreso al país, en el marco de la emergencia sanitaria que rige a causa de la pandemia de coronavirus. Así lo dispuso a través de la Decisión Administrativa 643/2021, publicada hoy en el Boletín Oficial, que lleva la firma del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero; el ministro del Interior, Eduardo de Pedro y de Salud, Carla Vizzotti.
La normativa que regirá hasta el 9 de julio establece que “continúan suspendidos los vuelos provenientes del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte; Chile; Brasil; India; Paises africanos y Turquía”.
La disposición indica que la Administración Nacional de Aviación Civil, “dispondrá un cupo de 600 plazas diarias en vuelos de pasajeros para el reingreso al territorio nacional de los argentinos, las argentinas y residentes que se encuentren en el exterior”.
Todas las medidas fueron dispuestas para bajar el riesgo de contagios de coronavirus e impedir el ingreso de variantes que no registran circulación comunitaria en el país, como la variante Delta, cuya respuesta ante “la efectividad de las vacunas se desconoce”, según indican los considerandos de la disposición.
Fuente: Agencia de Noticias Télam