La primera elección nacional en medio de la pandemia de coronavirus concentra por estas horas la atención por varias razones, entre ellas, qué pasará el próximo domingo con el trabajo de las autoridades de mesa.
Tanto para la Justicia Electoral como para los partidos políticos la incógnita está dada principalmente en la cantidad de personas que asistirá a cumplir con su tarea de presidir una mesa y luego realizar el recuento inicial de votos.
La disposición oficial que habilitó a todas las autoridades de mesa a recibir la segunda dosis de la vacuna contra el Covid-19 -en caso de no tenerla- de manera prioritaria y el pago de viáticos y capacitación otorgado este año -que llega a los $4.000- no incrementó el interés por participar de la elección.
Por ejemplo, en la provincia de Buenos Aires, de los 74 mil telegramas enviados por la Justicia, alrededor de 35 mil volvieron rebotados. Esa -casi- mitad que no respondió al llamado enciente las luces de alerta, ya que un faltazo generalizado el día de la elección podría generar complicaciones y demoras a la hora de sufragar y también de contar los votos.
En los comicios del 2019, sin pandemia, en Buenos Aires el 57,53% de los designados se excusaron de participar y el día de la elección el 37,71% de las mesas funcionó con una sola autoridad.
Además del desinterés en las elecciones, entre las explicaciones posibles al fenómeno se cuentan el miedo a contagiarse y a estar en un lugar cerrado por muchas horas, más allá de que se dispusieron diferentes medidas para poder cumplir con los protocolos sanitarios.
Este año, con la ampliación de los lugares de votación, en todo el país se pasará de los 14.800 espacios habilitados para la votación en el 2019, a poco más de 17.000, y cada uno podrá tener un máximo de otro mesas.
Qué tareas debe realizar una autoridad de mesa
La autoridad de mesa tiene el deber de estar presente durante todo el acto electoral, siendo ineludible su presencia en la apertura de la jornada, en la clausura de la votación, y al momento de labrar las actas correspondientes que son los documentos oficiales de la elección.
La designación como presidente de mesa es una carga pública irrenunciable y el artículo 132 del Código Electoral Nacional establece una pena de seis meses a dos años a los electores designados como autoridad de mesa que, sin causa justificada, dejen de concurrir al lugar donde deban cumplir sus funciones o hicieren abandono de ellas.
Vale recordar además que quienes desempeñen la función de autoridad de mesa en las PASO recibirán en concepto de viático $2.500 y en caso de realizar la capacitación virtual $1.500 adicionales.
Fuente: Noticias Argentinas.