Según la Resolución Conjunta 9/2021 de los Ministerios de Trabajo y de Desarrollo Productivo, el beneficio establecido el 5 de agosto último a través del Decreto 493 será de aplicación respecto de cuatro modalidades de contratación laboral.
Esas modalidades son: Contratos de trabajo por plazo indeterminado, Contratos de trabajo a tiempo parcial, Contratos de trabajo agrario permanentes -tanto de prestación continua como discontinua- y Contratos de trabajo comprendidos en el régimen previsto en la Ley Nº 22.250.
A través del Decreto 493, se implementó un régimen de promoción de generación de empleo, por medio del cual se establecieron una serie de requisitos y condiciones para que los empleadores del sector privado reciban un beneficio por la incorporación de nuevos trabajadores, que participen o hayan participado dentro de determinado plazo, en programas educativos, de formación Profesional o de Intermediación Laboral.
El beneficio consiste en la reducción de las contribuciones patronales por los primeros doce meses contados a partir del mes de inicio de la nueva relación laboral, de un 95% en caso de contratarse una persona mujer, travesti, transexual, transgénero o con discapacidad debidamente acreditada y documentada y del 90%, en caso de contratarse a una persona varón.
Esas reducciones serán calculadas respecto de las contribuciones patronales con destino al Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados; al Fondo Nacional de Empleo; al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y al Régimen Nacional de Asignaciones Familiares.
Ahora, el Poder Ejecutivo señaló que “atendiendo al objetivo central explicitado en el decreto, el cual es fomentar y priorizar la creación de puestos de trabajo de calidad a fin de procurar la inserción en ellos de las trabajadoras y los trabajadores, resulta conveniente establecer que el incentivo fiscal establecido se aplique respecto de aquellas modalidades de contratación laboral destinadas a perdurar en el tiempo”.
Esas modalidades “permiten tanto el desarrollo personal, el crecimiento y consolidación del sector productivo, como una efectiva integración social y que conforman el principio general en la materia”, según el texto oficial.
Fuente: Agencia de Noticias NA