El Ministerio de Obras Públicas creó dos programas para facilitar el acceso al agua, el saneamiento y la higiene en zonas rurales dispersas y de infraestructura hidráulica para la adaptación a los extremos climáticos, como inundaciones y sequías.
La autoridad de aplicación del programa es la Dirección Nacional de Agua Potable y Saneamiento en conjunto con la Dirección Nacional de Transparencia.
Las medidas que habilitan la creación fueron dispuestas a través de las resoluciones 37/2022 y 38/2022, publicadas este lunes en el Boletín Oficial.
La primera de las iniciativas tiene por objeto “reducir las brechas de acceso al agua, saneamiento e higiene de quienes habitan en zonas rurales dispersas, con incidencia en los actores de la agricultura familiar campesina e indígena”.
Al respecto, en uno de los anexos de la resolución se explicó que, según los datos del Censo de 2010, el 9% de la población argentina habita en zonas rurales y de ese porcentaje “el 64% de la población vive en zonas rurales dispersas, mientras que el 36% restante se encuentra de forma agrupada”.
“El porcentaje de cobertura de acceso a agua y saneamiento seguros en el caso de las poblaciones rurales dispersas se encuentra muy por debajo del promedio nacional”, se expuso en la norma, al tiempo que se indicó “más de un 15% de las personas que residen en estas áreas debe acarrear el agua desde fuera del terreno de la vivienda, problemática que afecta especialmente a las mujeres”.
Desde el Ministerio de Obras Públicas remarcaron la articulación con “diversos organismos intervinientes en la temática mediante la ‘Mesa del Agua’, coordinada por la Dirección Nacional de Transparencia que conduce Roxana Mazzola.
Por otra parte, el Programa de Infraestructura Hidráulica para la Adaptación a los Extremos Climáticos, apunta a “reducir la vulnerabilidad humana y mitigar el impacto sobre bienes, infraestructura y producción ante fenómenos climáticos extremos de tipo hídrico, como inundaciones y sequías”.
En ese marco, propicia “la gestión integrada de los recursos hídricos superficiales y subterráneos, a través de inversión en obras que adapten y preparen la tierra para prevenir las consecuencias de cambios climáticos extremos”, de acuerdo con la resolución 38.
Entre las intervenciones que se podrán ejecutar, figuran terraplenes de defensa contra inundaciones, sistemas de captación y drenaje, desagües pluviales urbanos o rurales, alcantarillas, estaciones de bombeo, vertederos y orificios, canalizaciones y revestimientos, dragados, obras de regulación y atenuación de crecidas, para control de erosión y de defensa costera fluvial o marítima.
Fuente: Agencia de Noticias TÉLAM