Desde el 28 de agosto en Dos de Mayo rige la Carta Orgánica Municipal. La flamante constitución municipal establece un cuerpo legislativo con nueve miembros, la creación de un Defensor del Pueblo y un Juzgado de Faltas Municipal.
Se establece una sola reelección a los cargos electivos y luego de un período pueden volver a pretender ocupar el mismo cargo. Tiene 386 artículos y las disposiciones transitorias. También se prevé que el Concejo Deliberante apruebe una normativa con un sistema electoral distinto al actual.
En el marco del aniversario de esa ciudad céntrica misionera, el 28 de agosto pasado entró en vigencia la Carta Orgánica Municipal y las autoridades municipales juraron su cumplimiento. La redacción de la Carta Orgánica municipal estuvo a cargo de siete Convencionales Constituyentes que fueron electos en junio del año pasado.
La Convención Constituyente estuvo presidida por Héctor Hugo Dingler y lo acompañaron Gladys Roxana Márquez, Mauro Hernán Merlini, Ramiro Sebastián Lorenzo, Juana Lorenzetti, Paola Daniela Gunzer y Griselda Raquel Bustamante.
Esta Carta Orgánica Municipal puede ser reformada con la aprobación del voto de las dos terceras partes del HCD y refrendada por un plebiscito. Debe ser explícito a los artículos que se deben reformar.
Para ser modificada una primera vez deben pasar doce años desde la entrada en vigencia el 28 de agosto de 2022. Luego para volver a ser reformada debe haber pasado por lo menos seis años desde su modificación.
Artículos y disposiciones
La Carta Orgánica Municipal contiene 386 artículos y disposiciones transitorias que enmarcan cómo será el funcionamiento del municipio de Dos de Mayo.
Mantiene la distribución de poderes entre el poder Legislativo, el Ejecutivo, la incorporación de la Defensoría del Pueblo y una Justicia Municipal de Faltas. Como así también reglamenta la forma de elecciones para las autoridades que van a ocupar esos lugares y la conformación del diagrama del gobierno municipal de turno.
Un punto sobresaliente de la Carta Orgánica de Dos de Mayo, establece que a partir de las próximas elecciones esta localidad va a contar con nueve concejales y no siete como lo es hasta ahora.
En el artículo 72 inciso 1 dice “Concejo Deliberante integrado por nueve concejales”. Luego el artículo 105 establece “El Concejo Deliberante está compuesto por nueve miembros denominados concejales, elegidos en forma directa por los ciudadanos del municipio, en distrito único y a través del sistema representativo proporcional creado por el jurista Víctor D’ Hondt”.
Ese mismo artículo aplica también la representatividad de las bancadas. “….la representación a la minoría o minorías y que no puede ser inferior a un tercio del total; por ello seis concejales es la máxima cantidad que puede atribuir a un mismo partido político, alianza o fuerza electoral.
Los tres concejales se deben distribuir por aplicación del sistema D’Hondt entre los demás partidos políticos”.
En el caso del intendente y, que se replica en los otros poderes como concejales y Defensoría del Pueblo, establece en el artículo 166 su mandato: “El intendente puede ser reelegido por un período legal en forma consecutiva, si fuere reelecto de forma consecutiva, debe dejar pasar al menos un período legal para volver a postularse al mismo cargo”.
La Carta Orgánica también pone un tope para las reelecciones indefinidas de los cargos electivos que tiene la ley de municipios de la provincia.
En el artículo 274 que habla de la autonomía política y normativas aplicables dice en un párrafo “las normativas del régimen electoral municipal plasmados en la presente carta orgánica son operativas.
Sin perjuicio de ello, el Concejo Deliberante puede sancionar una ordenanza electoral, mientras no se encuentre vigente la ordenanza electoral, rige en el ámbito municipal normas electorales provinciales y/o nacionales respectivas, siempre que ellas no se opongan a lo establecido en esta carta orgánica”.
Más concejales
La nueva Carta Orgánica establece que para las próximas elecciones, Dos de Mayo contará con nueve ediles en el Concejo Deliberante y no seis como hasta el momento. También se elegirá un Defensor del Pueblo.
386
artículos conforman esta Constitución Municipal que ya rige en la localidad. Se concluyó el 28 de agosto pasado.