La soberanía alimentaria dio otro paso importante la semana anterior con la reglamentación de la Ley VIII – N° 82 para la firme implementación del Programa Provincial de Agricultura Urbana.
Se trata de un proyecto del diputado Martín Cesino que tomó fuerza de ley en mayo último, y que contó con el acompañamiento de sus pares por difundir y sostener las prácticas de agricultura urbana como un sistema de producción y consumo económicamente viable, ambientalmente sostenible y socialmente justo, orientado a la mitigación ambiental y la seguridad alimentaria, tal lo señalado en los fundamentos.
La Secretaría de Agricultura Familiar será la autoridad de aplicación del programa y tendrá facultades para implementar políticas integradas, sostenibles y articuladas con programas preexistentes, para la práctica de la agricultura urbana; relevar y definir, junto a las autoridades municipales, los espacios disponibles y adecuados para desarrollar las huertas urbanas.
También podrá habilitar un registro de interesados en participar del programa; reglamentar la modalidad de asignación y utilización de los espacios, plazo, finalidad, y derechos y obligaciones de los beneficiarios; desarrollar programas de capacitación y formación en oficios verdes y en el cumplimiento de la normativa sanitaria y comercial aplicable; proveer de los insumos necesarios a los vecinos registrados y promover acciones destinadas a facilitar la ejecución de obras de infraestructura, acceso a tecnología y asistencia técnica necesarios para la instalación de las huertas urbanas.
Por último contribuir en la colocación del excedente de las producciones en los mercados soberanos, ferias francas de los municipios y otros mercados electrónicos; promover la producción y desarrollo de abonos y fertilizantes orgánicos a base de residuos sólidos urbanos, además de suscribir convenios con instituciones públicas o privadas para seguir desarrollando el plan de fomento.