domingo, diciembre 14, 2025
Primera Edición
  • Inicio
  • Política y Economía
  • Nacionales
  • Información General
  • Policiales
  • Deportes
  • Sociedad
  • Suplementos
    • Eco y Agro
    • Enfoque
    • Río Arriba
    • Jurídicos de Primera
    • Ko’ape
    • Sexto Sentido
    • Turismo
  • Y mucho más
    • Fúnebres
    • Agrupados
    • Servicios
    • Espectaculos
    • Música
    • Cultura
    • Opinion
    • Internacionales
    • Cartas de Lectores
No Result
View All Result
  • Inicio
  • Política y Economía
  • Nacionales
  • Información General
  • Policiales
  • Deportes
  • Sociedad
  • Suplementos
    • Eco y Agro
    • Enfoque
    • Río Arriba
    • Jurídicos de Primera
    • Ko’ape
    • Sexto Sentido
    • Turismo
  • Y mucho más
    • Fúnebres
    • Agrupados
    • Servicios
    • Espectaculos
    • Música
    • Cultura
    • Opinion
    • Internacionales
    • Cartas de Lectores
No Result
View All Result
Primera Edición
No Result
View All Result

Jurídicos de Primera: Protección de vivienda

11 marzo, 2023

La protección del inmueble destinado a vivienda está prevista en el CCCN (arts.244 a 256) y es el Instituto que anteriormente se denominaba “Bien de Familia”, contemplado en la Ley 14.394.

El objetivo de la protección es evitar que los acreedores embarguen el inmueble y lo ejecuten mediante la venta de esa propiedad donde vive la familia.

Uno de los errores más comunes es pretender afectar la vivienda al régimen de protección cuando ya está generada la deuda, el problema o el inconveniente que puede, eventualmente, provocar el embargo y posterior ejecución del inmueble. Si bien es cierto que esa protección surtirá efecto para acreedores posteriores, no protege de aquellos acreedores por deudas anteriores a la afectación.

Tampoco la protección cubre las deudas que son propias del inmueble como, por ejemplo, las derivadas de expensas, impuestos, tasas y contribuciones, deudas por mejoras o construcciones efectuadas en el inmueble, o las hipotecas constituidas con la conformidad del cónyuge o conviviente.

Tampoco cubre las deudas por alimentos a cargo del titular del inmueble en favor de sus hijos menores de edad, incapaces o con capacidad restringida.

En caso de resultar propietario de dos o más inmuebles afectados, se debe optar por la subsistencia de uno solo de ellos, ya que solo se puede afectar un inmueble; y en caso de no hacerlo, se considera que está afectado el constituido en primer término.

La afectación la puede solicitar el titular registral del inmueble, o sea, quien posee título de propiedad que lo acredita como dueño. En caso de condominio, es decir, que haya más de un titular dominial, deben solicitarla todos ellos en forma conjunta.

También puede disponerse por actos de última voluntad, en otros términos, por testamento, en cuyo caso será el juez quien ordene la afectación, quien la ordenará igualmente en los casos de atribución de la vivienda en el juicio de divorcio o en aquellos en los que se resuelven cuestiones referentes a la conclusión de la convivencia, si hay beneficiarios incapaces o con capacidad restringida.

En cuanto a los beneficiarios de la protección, tenemos una importante diferencia con la legislación anterior, ya que ahora se incluye como beneficiario al conviviente quien no estaba contemplado en la Ley 14.394. Por lo tanto, además del propietario de la vivienda, su cónyuge, ascendientes o descendientes y parientes colaterales dentro del tercer grado que convivan con el constituyente, también se incluye al conviviente.

Hay corrientes doctrinarias que exigen la Unión Convivencial inscripta para admitir al conviviente como beneficiario; otras que, con un criterio amplio, aceptan la existencia de la unión convivencial no inscripta, siempre que haya alguna declaración de los convivientes que así lo manifieste. En nuestra provincia, el Registro de la Propiedad Inmueble admite la afectación de convivientes cuya unión no se encuentre inscripta, aceptando este criterio amplio, respecto del cual estamos de acuerdo, desde el momento que hay muchas formas de probar la convivencia y de hecho, las constancias de convivencia emanadas de los Juzgados de Paz, son aceptadas por las Obras Sociales, a fin de admitir al conviviente como adherente a la misma.

Además del conviviente, puede afectar la vivienda la persona soltera, es decir, no hace falta que tenga familia, porque lo que se protege es la vivienda en la que habita. De allí el cambio en la denominación del régimen. Quiere decir que el soltero, puede afectar su propiedad al régimen de protección autodesignándose beneficiario. Lo destacamos como un gran avance legislativo.

Es requisito fundamental habitar efectivamente el inmueble, por lo menos por uno de los beneficiarios de la protección.

Es importante resaltar que la afectación también puede hacerse sobre un inmueble rural donde habite el constituyente con su familia, siempre y cuando no exceda la unidad económica. Esto es muy importante para nuestra provincia, donde hay muchos colonos propietarios de chacras que habitan allí con su familia y donde esa tierra es la que produce el sustento de ellos, tanto para su propia subsistencia como para la comercialización en la gran cantidad de ferias francas que, con tanto éxito, se han multiplicado. Esas propiedades también se incluyen en el amparo legal.

Surgen interrogantes muy interesantes como por ejemplo: ¿puedo hipotecar la vivienda protegida? ¿Qué pasa si vendo la propiedad afectada para adquirir una nueva? ¿Qué ocurre si recibo una indemnización por la vivienda afectada, en caso que la misma tenga un siniestro?

En primer lugar es posible proteger la vivienda hipotecada. En ese caso, no va a proteger la vivienda de la posibilidad de ser ejecutada por el acreedor hipotecario en caso de incumplimiento. Él será el único que podrá ejecutar, pero sí la protege de otros acreedores diferentes que no sean aquellos incluidos en el artículo 249 de CCCN.

También es posible hipotecar la propiedad afectada, sin necesidad de desafectarla, en cuyo caso vale la aclaración que acabamos de hacer respecto a quienes son los acreedores que, de todos modos, podrán ejecutar el bien. Es importante tener en cuenta que algunos bancos requieren la desafectación previa a la constitución de la hipoteca, lo cual se puede hacer en forma simultánea y de ninguna manera creemos que impida la afectación posterior a la hipoteca, a fin de protegerla de otros acreedores distintos al hipotecario.

En caso de vender la propiedad para adquirir otra destinada a vivienda, la afectación se transmite a la vivienda adquirida en sustitución, como asimismo a los importes que la sustituyen en concepto de precio. También la afectación se transmite a los importes que la sustituyen en concepto de indemnización, como por ejemplo, en caso de siniestro de la vivienda afectada o expropiación de la misma.

No obstante, se debe proceder a la desafectación de la protección con relación a la propiedad que se vende, así como, en cualquier momento se puede desafectar, aunque no se venda la vivienda.

 

Requisitos

Para que la vivienda esté protegida, debemos inscribirla en el Registro de la Propiedad Inmueble. Para ello, debemos solicitar la afectación en dicho Registro, mediante la presentación del Formulario de Afectación, acompañando la documentación que se solicita al efecto, conforme figura en el cuadro adjunto

Asimismo, se deberá acreditar el vínculo entre el constituyente y los beneficiarios. Por lo tanto, se acreditará el matrimonio con el Acta de matrimonio o la Libreta de Familia; la relación de convivencia, con el Acta de convivencia expedida por la Dirección del Registro de las Personas; el vínculo con los hijos, mediante la Partida de Nacimiento o Libreta de Familia del titular en la que conste el nacimiento inscripto. Todos los documentos mencionados se deben presentar en original y copias.

Para el trámite de desafectación, también se completa un formulario que se presenta ante el Registro de la Propiedad Inmueble, junto con el título de propiedad y los documentos de identidad del constituyente, en original y copia.

Por último, es importante destacar que estos trámites están exentos de impuestos y tasas y que las autoridades administrativas tienen el deber de asesorar y colaborar en forma gratuita con los interesados a fin de concretar los trámites de inscripción, constitución o desafectación del inmueble.

Noticias relacionadas:


  • ¿Cómo limpiar nuestro historial crediticio?

  • Divorcio exprés: ¿puedo solicitar el divorcio si mi cónyuge no está de acuerdo?

  • Pactos de convivencia, protección de la vivienda familiar y compensación económica

  • Unión convivencial o matrimonio: ¿Qué me conviene hacer?
Tags: Bien de FamiliaCCCNJurídicos de PrimeraProtecciónVivienda
ShareTweetSendShareShare
Previous Post

Fortalecen producción de ovinos y caprinos en el norte misionero

Next Post

OTC volvió a la victoria ante Argentino de Junín

Radio en Vivo

Videos

Con la presencia de su realizador, Luis Moro, este sábado a las 18 hs, se proyectará “Micromundos” en el centro de Posadas. Se trata de un documental realizado a lo largo de 15 años, indagando en el mundo fascinante de los artrópodos y en los complejos universos que habitan.
Rubén Magnano regresó a Misiones como invitado estelar en el Campus Aniversario del Club Tokio, que se extenderá hasta mañana. “Lo que busco instalar es la cultura del esfuerzo”, le dijo a EL DEPORTIVO.
Puente entre culturas: No se trata solo de recrear Finlandia en el extranjero, sino de compartir con la gente del lugar.La visita de ambos también se enmarca en la organización de los festejos por los 120 años de la llegada a la Argentina del primer grupo de inmigrantes.
Especialistas advierten que la exposición cotidiana a ruidos fuertes —desde música fuerte hasta ámbitos laborales con maquinarias— provoca daños que pueden aparecer años después y no tienen cura una vez instalados.
La otorrinolaringóloga Macarena Glinka detalló cómo influyen la anatomía, los hábitos nocturnos y la edad en la aparición de los ronquidos. Advirtió sobre la creciente presencia de apneas en adultos y niños.
Kilómetros, fronteras, sacrificios y paisajes: la vida de una mujer que encontró en la ruta su casa, su oficio y su identidad. “La gente ve lo lindo que publico, pero no es tan así. Acá como, acá duermo. Hay días de lluvia, días duros… Y estás sola. Te perdés fiestas, cumpleaños, todo”, expresa
Ver más... Suscribirse
This error message is only visible to WordPress admins

Reconnect to YouTube to show this feed.

To create a new feed, first connect to YouTube using the "Connect to YouTube to Create a Feed" button on the settings page and connect any account.

FM 89.3

Primera Plana en la FM 89.3! 🎙️No te pierdas el análisis de los temas más importantes
📻¡Actualidad, música y buena energía!
✨Somos tu compañía para terminar el día con la mejor onda!
Primera Plana en la FM 89.3! 🎙️No te pierdas el análisis de los temas más importantes
📻¡Actualidad, música y buena energía!
✨Somos tu compañía para terminar el día con la mejor onda!
El presidente de la Confederación General Empresaria de la República Argentina (CGERA), Marcelo Fernández, cuestionó con dureza el proyecto de Modernización Laboral impulsado por el Gobierno nacional y advirtió que la iniciativa fue elaborada sin la participación de los principales actores del entramado productivo, en especial de las pequeñas y medianas empresas.“No participamos de la discusión. Hacer una reforma laboral sin convocar a quienes representamos a más de 600 mil pymes es como querer armar un programa de radio sin que estén quienes trabajan todos los días al aire”, señaló Fernández en declaraciones radiales. Según explicó, las pymes concentran entre el 75 y el 80% del empleo registrado del país, por lo que su exclusión del debate “no es un dato menor”.
El Gobierno nacional anunció la reglamentación para la habilitación de estaciones de servicio móviles, una modalidad pensada para garantizar el acceso al combustible en zonas alejadas o localidades donde las estaciones fijas dejaron de operar o se encuentran en mal estado. Desde el sector empresario, el presidente de la Cámara de Estaciones de Servicio del Nordeste (CESANE), Faruk Jalaf, valoró la medida aunque advirtió sobre los desafíos económicos y operativos que implica.“En realidad es una medida que ya estaba, lo único que se ha hecho ahora es reglamentarla”, explicó Jalaf, al tiempo que destacó que la normativa aporta un marco de seguridad tanto para proveedores como para consumidores. Según indicó, “la reglamentación busca que haya garantías, que no exista riesgo de accidentes, de traslados inseguros o de robo de combustible, porque estas estaciones van a estar en zonas más aisladas”.
El debate nacional por la reforma laboral que impulsa el Gobierno volvió a encender la polémica en torno a la posible eliminación de la matrícula profesional y la colegiación obligatoria. El tema, que forma parte de un proyecto amplio que comenzará a ser tratado en el Senado, generó preocupación en distintos sectores profesionales. Sin embargo, desde Misiones llevaron tranquilidad y marcaron límites claros a cualquier intento de modificación desde la Nación.Juan Manuel Fouce, presidente de la Federación de Consejos y Colegios Profesionales de Misiones, explicó que la regulación del ejercicio profesional es una facultad que no fue delegada por las provincias al Estado nacional. “Hay facultades que no están delegadas de las provincias a la Nación. Dentro de esas facultades está la de regular las profesiones”, afirmó.
El padre Alberto Barros, párroco de Sagrada Familia y vicepresidente de Cáritas Diocesana de Posadas, expresó su preocupación por el impacto social de la crisis económica y por el “clima de soledad e indiferencia” que, según afirmó, se expande en el país. Desde su rol pastoral y social, describió un escenario “cada vez más duro” para miles de familias misioneras.“Lo que estamos viendo es un empobrecimiento generalizado. Mucha gente de clase media que nunca se acercó a una parroquia hoy pide alimentos o medicamentos.”
Ver más... Suscribirse
This error message is only visible to WordPress admins

Reconnect to YouTube to show this feed.

To create a new feed, first connect to YouTube using the "Connect to YouTube to Create a Feed" button on the settings page and connect any account.

Lo más leído

  • El frío polar y las lluvias marcan el inicio de septiembre en Misiones: el pronóstico detallado de los próximos días

    Frente frío traerá lluvias, tormentas y posibilidad de granizo a Misiones: qué día

    0 shares
    Share 0 Tweet 0
  • Combustibles: “La reducción en el consumo es evidente porque la gente no tiene poder adquisitivo”

    0 shares
    Share 0 Tweet 0
  • Emiten alerta amarilla por lluvias y tormentas en la provincia

    0 shares
    Share 0 Tweet 0
  • Combustibles: “Nuestros precios en la provincia son los más elevados”

    0 shares
    Share 0 Tweet 0
  • Cuánto cobran las Fuerzas Armadas en diciembre 2025 y cuándo llega el aguinaldo

    0 shares
    Share 0 Tweet 0
  • La Universidad Nacional de Misiones abre ocho nuevas carreras: mirá cuales son

    0 shares
    Share 0 Tweet 0
  • Eldorado: denuncian estafa de 25 millones en la organización de una recepción

    0 shares
    Share 0 Tweet 0
  • La Justicia Federal ordenó al Ejecutivo que no se retenga ganancias a los docentes

    0 shares
    Share 0 Tweet 0
  • “Mi casa es el camión”: Nadia, la misionera de 26 años que recorre el Mercosur al volante

    0 shares
    Share 0 Tweet 0
  • De “incidente vial” a golpe histórico: misionero detenido en Chaco transportaba 90 kilos de cocaína

    0 shares
    Share 0 Tweet 0

Diario Primera Edición
Corrientes 2434, Posadas, Misiones
Todos los derechos reservados © 2022

[email protected]
[email protected]
+54(0376)4420407 / 4 440054 / 4427639 / 4426712
No Result
View All Result
  • Inicio
  • Política y Economía
  • Nacionales
  • Información General
  • Policiales
  • Deportes
  • Sociedad
  • Suplementos
    • Eco y Agro
    • Enfoque
    • Río Arriba
    • Jurídicos de Primera
    • Ko’ape
    • Sexto Sentido
    • Turismo
  • Y mucho más
    • Fúnebres
    • Agrupados
    • Servicios
    • Espectaculos
    • Música
    • Cultura
    • Opinion
    • Internacionales
    • Cartas de Lectores