El Tribunal Oral Federal de Neuquén absolvió a los cuatro guardaparques que eran juzgados por homicidio culposo, tras la caída de un árbol que provocó la trágica muerte de dos menores de edad en el Parque Nacional Lanin en el año 2016.
Tras las audiencias que dejaron en claro la postura de la defensa, el TOF encabezado por los jueces Alejandro Cabral, María Paula Marisi y Pablo Díaz Lacava entendió que los guardaparques acusados por un hecho imprevisible de la naturaleza son inocentes y dictaminó su absolución. Los argumentos se darán a conocer el miércoles 15 de noviembre.
Durante el proceso, la Administración de Parques Nacionales (APN) ratificó su postura de que el ecosistema protegido en el Paraje Lolén “es de carácter eminentemente agreste en tanto sinónimo de silvestría, caracterizado por la baja intervención humana”.
El rol de la APN en ese sentido, es “preservarlo en su estado natural de la mejor manera posible. Esa condición no excluye que dichos ecosistemas, lleven implícita, potencialmente, como tantas otras áreas protegidas del país, la posibilidad de que se produzcan fenómenos naturales que impliquen riesgos para la vida humana y para el ambiente”.
Cabe recordar que durante septiembre, guardaparques de todo el país se declararon en estado de alerta y movilización en reclamo por el enjuiciamiento de los cuatro guardaparques del Parque Nacional Lanín.