La Sala de Feria de la Cámara Contencioso Administrativo Federal, con voto de los jueces Sergio Fernández y Carlos Grecco, resolvió rechazar el pedido del Poder Ejecutivo y declarar que la causa de la Confederación General del Trabajo (CGT) debe continuar su trámite en la Justicia del Trabajo.
La justicia laboral había hecho lugar al pedido de la CGT y dictó una medida cautelar “suspendiendo la aplicabilidad de lo dispuesto en el Título IV TRABAJO del Decreto de Necesidad y Urgencia n.° 70/23 hasta tanto recaiga sentencia definitiva sobre la cuestión de fondo ventilada en estos actuados”.
Tras aquella medida, el Gobierno nacional decidió apelar el fallo con una solicitud para que se decrete su nulidad y la incompetencia del fuero laboral, ya que consideraban que el fuero natural para tratarlo es el Contencioso Administrativo.
Sin embargo, la Cámara de Apelaciones desestimó el recurso presentado por la Procuración del Tesoro de la Nación para que el trámite pasara al Contencioso Administrativo. “Se resuelve: desestimar el recurso de apelación interpuesto por el Estado Nacional” y “estar a la competencia de la Justicia Nacional del Trabajo”, definió el Poder Judicial.
“De los términos de la demanda iniciada por la Confederación Argentina del Trabajo de la República Argentina surge –como bien ha sido puesto de resalto por el Sr. Fiscal Federal– que no hay norma administrativa de preponderante aplicación”, argumentaron Fernández y Grecco.
No obstante, de acuerdo a lo que publicó el portal Palabras de Derecho, los camaristas de la sala de feria confirmaron que definió el juez de feria Lavié Pico, quien había desarmado el carácter colectivo de la causa para que todas las presentaciones pasen al fuero laboral. “Circunstancias que, a esta fecha, tornan de carácter inoficioso pronunciarse sobre las cuestiones recursivas planteadas –en autos– en lo concerniente a un eventual conflicto de competencia positiva, vinculado con la conformación del proceso colectivo que ha sido dejado sin efecto”.