En Misiones, hasta el 31 de diciembre se encuentra vigente la posibilidad de acceder a la ventana jubilatoria y a la moratoria previsional. Este trámite está pensado para todas aquellas personas que cuentan con la edad jubilatoria (60 años para mujeres y 65 para varones) y al menos 15 años de aportes. Para compensar lo faltante, se otorga una moratoria con el Instituto de Previsión Social de Misiones, a pagarse en cuotas.
En comunicación con FM 89.3 Santa María de las Misiones la directora de Asuntos Jurídicos Previsionales del IPS, Mónica Rodríguez, aclaró que este régimen es similar al régimen tradicional para jubilación, pero la diferencia radica “en el cálculo del haber. En el caso del régimen común, el cálculo es el promedio de los últimos 10 años de aportes en la ventana (donde tienen dos columnas una con aportes y otra sin aportes)”.
En este caso, el haber a considerar es el último a diciembre del 2023, donde el porcentaje es idéntico al de jubilación, un 75%, pero “se consideran las remuneraciones a diciembre del 2023, más la totalidad de los rubros con y sin aportes, donde incrementa en un punto más porcentual por cada año que exceda de los 30”.
Explicó que la demanda de este trámite es bastante importante y en el IPS “actualmente tenemos en trámite aproximadamente 1.500 beneficios”. A su vez, contó que en la provincia se otorgaron “21.700 beneficios en general”.
Respecto a los empleados municipales, Rodríguez mencionó que “se pueden ir con la ventana o con la moratoria, pero la requisitoria de edad en este caso se reduce: en el caso de las mujeres 55 en el caso del varón 60 años”. Sin embargo, indicó que estos “deben tener aportado al Instituto de Previsión Social 20 años, mientras que los empleados provinciales 15, o sea por un lado se reduce la edad, pero la exigencia en cuanto a los aportes sube cinco años más”. En la actualidad, la provincia cuenta con 45 municipios adheridos a este trámite, entre ellos Posadas.
En cuanto a los docentes, recordó que tienen un régimen propio: “Los que vayan a adherirse a la ventana o a la moratoria deben cumplir las edades requeridas por el régimen común (60 años para la mujer y 65 para el varón)”, relató. Por su parte, los empleados de las fuerzas de seguridad tienen un régimen especial con un retiro tras un mínimo 15 años de servicio.
Destacó el acceso a este trámite, tanto en ventana jubilatoria como en moratoria previsional, que incluso es más beneficioso en algunos casos, por ejemplo, para personas que quedaron incapacitadas a poco de acceder a la edad jubilatoria. En este sentido, precisó que “esta moratoria le permite completar los años que le estaría faltando para tener una jubilación común”.
Incluso señaló que, en comparación de una jubilación por invalidez, con este trámite el porcentaje es superior: “En esos casos, hablamos de un 50% y en lo que es ventana y jubilación ordinaria es un 75%”, agregó.
Para el cálculo, consideró que “tomamos todos los conceptos de las dos columnas, con aportes y sin aportes, se deducen todos los descuentos de ley y sobre eso se calcula un 75% incluyendo todos los adicionales, siempre que sean habituales regulares y permanentes; inclusive los que paguen hasta el momento del cese”.