La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), dirigida por Florencia Misrahi, anunció la actualización de los importes a partir de los cuales las entidades financieras y las plataformas de gestión electrónica o digital, como Mercado Pago, deben informar todas las transacciones, saldos y consumos de las cuentas que gestionan.
Este cambio se enmarca en los esfuerzos del organismo por simplificar procesos en beneficio de los contribuyentes y mejorar los regímenes de información.
Nuevos Montos de Información
La AFIP modificó la Resolución General N° 4298, elevando los montos mínimos que deben informar las entidades financieras. Los nuevos umbrales son:
- Acreditaciones, extracciones en efectivo y saldos mensuales de todas las cuentas: El monto mínimo se eleva de $200,000 a $700,000.
- Consumos con tarjetas de débito del titular y adicionales: El monto mínimo se incrementa de $120,000 a $400,000.
Además, la Resolución General N° 4614, que regula el régimen de información para las plataformas de gestión electrónicas o digitales, incluyendo los Proveedores de Servicios de Pago (PSP), también ha sido actualizada. Los nuevos umbrales son:
- Ingresos o egresos totales: El monto mínimo se eleva de $120,000 a $400,000.
- Saldos mensuales: El monto mínimo aumenta de $200,000 a $700,000.
Actualización Semestral
Para ambos regímenes de información, se ha establecido una cláusula de actualización cada seis meses basada en las variaciones del Índice de Precios al Consumidor Nivel General (IPC) publicado por el INDEC.
Otros Cambios en Régimen de Retención y Percepción
La AFIP también ha comunicado recientes actualizaciones en los montos para regímenes de retención y percepción en determinados sistemas fiscales:
- Régimen de retención de IVA y Ganancias en sistemas de tarjetas de crédito y tarjetas de compra: El monto exento de retención se ha elevado de 2,000 pesos a 6,000 pesos.
- Régimen de percepción de IVA en operaciones de granos y legumbres secas: El monto mínimo para aplicar el régimen ahora es de 11,500 pesos, sustituyendo el anterior de 3,800 pesos.
- Régimen de información en servicios públicos para consumos relevantes: Las empresas proveedoras de servicios deben reportar operaciones iguales o superiores a 95,000 pesos mensuales, reemplazando el valor anterior de 31,000 pesos.
Entrada en Vigor
Estos cambios entraron en vigor el 1 de mayo de 2024. La Resolución General 5370/2023 de la AFIP, promulgada en junio del año pasado, estableció que los valores de los regímenes de información, retención y percepción se ajustarán anualmente de acuerdo con el coeficiente derivado de la variación anual del IPC proporcionado por el INDEC.