El próximo sábado 17 de agosto, los empleados de comercio que presten servicios podrán recibir una suma adicional según lo establece la legislación vigente sobre el descanso dominical. Este beneficio está contemplado en el artículo 2° de la Ley Nº 2.446 de Feriados Nacionales y Días no Laborables.
De acuerdo con esta normativa, “en los días feriados nacionales rigen las normas legales sobre el descanso dominical. En dichos días, los trabajadores que no gozaren de la remuneración respectiva percibirán el salario correspondiente a los mismos días, aun cuando coincidan con domingo; y en caso de que trabajen en tales días, cobrarán doble”.
Esto implica que aquellos empleados que trabajen durante el feriado del 17 de agosto recibirán una compensación equivalente al doble de su salario habitual.
Empleados de comercio: cómo hacer el cálculo de la suma adicional
El adicional que se cobrará por el feriado trabajado se calculará sobre los importes actualizados por categoría, de acuerdo al último acuerdo entre la Federación Argentina de Empleados de Comercios y Servicios (FAECyS) y la parte empresarial.
Para ejemplificar, tomemos el caso de un empleado de la categoría “Maestranza A”. El salario básico para esta categoría es de $441.108, al cual se le suma la antigüedad, que corresponde al 1% del básico por cada año trabajado. Además, los empleados que hayan cumplido con el presentismo, es decir, aquellos que no hayan faltado durante el mes, recibirán un 8,33% adicional sobre el básico.
Ejemplo de cálculo:
- Básico: $441.108
- Antigüedad: $4.411,08 (1% del básico por cada año de antigüedad)
- Presentismo: $37.126,59 (8,33% del básico)
El valor por hora extra se calculará en base a estas cifras, resultando en $4.826,46 por hora trabajada en el feriado.