A partir del domingo 1° de septiembre, los empleados de comercio comenzaron a cobrar los salarios correspondientes al mes de agosto, que incluirán el último tramo del aumento salarial acordado en las paritarias de mayo.
Este incremento es del 13,5%, en carácter de Suma No Remunerativa y No Acumulativa.
Empleados de comercio: adicionales
Además del aumento pactado, se añadirán los adicionales por antigüedad, puntualidad y por la prestación de servicios durante el feriado del sábado 17 de agosto. Estos conceptos se liquidarán de la siguiente manera:
- Antigüedad: Se calcula a razón del 1% del salario básico por cada año de servicio, conforme al convenio colectivo 130/75.
- Presentismo: Los trabajadores que no hayan tenido más de una ausencia injustificada durante el mes recibirán un 8,33% del salario básico mensual en concepto de puntualidad.
- Feriado: Los empleados que trabajaron durante el feriado nacional del 17 de agosto recibirán un pago doble, ya que, según la ley, el trabajo en días feriados se abona al 100% extra.
- Horario nocturno: Los trabajos realizados entre las 21:00 y las 6:00 horas tienen un adicional por trabajo nocturno, tal como lo contempla el convenio.