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A 35 años de los indultos de Menem a los crímenes de la dictadura

El 7 de octubre de 1989, jefes militares, ideólogos de alzamientos carapintadas y líderes guerrilleros fueron beneficiados por los inéditos decretos que la Justicia revirtió hace 18 años por inconstitucionales.

7 octubre, 2024

Hace 35 años, el entonces presidente Carlos Menem firmó una serie de indultos que sirvieron para beneficiar a la Junta Militar que declaró la guerra por las Islas Malvinas y a los líderes de los alzamientos carapintadas Mohamed Alí Seineldín y Aldo Rico, entre otras 300 personas.

A través de cuatro decretos -1.002, 1.003, 1.004 y 1.005/89- firmados el 7 de octubre de 1989, el exmandatario benefició a un conjunto de personas muy heterogéneo.

El decreto 1.002/89 dejó en libertad a los jefes militares que no habían sido beneficiados por las
leyes de Punto Final y Obediencia Debida, entre ellos, Albano Eduardo Harguindeguy, ministro de Interior del presidente de facto Jorge Rafael Videla.

También alcanzó a Genaro Díaz Bessone, uno de los ideólogos del terrorismo de Estado implementado en el país; y a los responsables de la masacre de Margarita Belén, que consistió en la ejecución de 22 presos políticos en Chaco el 13 de diciembre de 1976.

A través del decreto 1.003/89, indultó a los militares uruguayos José Nino Gavazzo, Jorge Silveira, Manuel Cordero y Hugo Campos Hermida que participaron de operativos de secuestros en Argentina, a la vez que exculpó a los líderes montoneros Fernando Vaca Narvaja y Roberto Cirilo Perdía.

Increíblemente, en ese mismo decreto fueron perdonadas por error personas que tenían procesos abiertos por actos de subversión pero que ya habían sido declaradas como asesinadas y desaparecidas por el informe de la Comisión Nacional sobre la Desaparición de Personas (CONADEP).

También fueron dejados en libertad -a través del decreto 1.004/89- Seineldín, Rico y el resto del personal militar que participó de los levantamientos carapintadas de Semana Santa y Monte Caseros en 1987 y Villa Martelli en 1989.

Encabezados por Seineldín, muchos volverían a participar en una nueva sublevación el 3 de diciembre de 1990; por lo que el líder carapintada fue sentenciado a cadena perpetua durante el Gobierno de Menem y nuevamente indultado por Eduardo Duhalde cinco días antes de dejar la presidencia, el 20 de mayo de 2003.

Por último, el decreto 1.005/89 benefició a los miembros de la junta militar responsable de la Guerra
de Malvinas: el teniente general Leopoldo Fortunato Galtieri, el almirante Jorge Isaac Anaya y el brigadier general Basilio Lami Dozo.

En ese momento, Menem no incluyó en los indultos a quienes habían formado parte de las juntas militares precedentes y aclaró que no lo haría, pero el 29 de diciembre del año siguiente firmó nuevos decretos que dejaron en libertad a Jorge Videla, Emilio Massera, Orlando Agosti, Roberto Viola y Armando Lambruschini.

También benefició a Carlos Guillermo Suárez Mason -que había sido expresamente excluido el año anterior en el decreto 1.002- y al ex ministro de economía José Alfredo Martínez de Hoz, al dirigente montonero Mario Firmenich y a otros militares condenados por crímenes de lesa humanidad.

El perdón que concedió Menem a los autores de crímenes de lesa humanidad de la última dictadura se basaban en la idea de la “reconciliación” y, según el texto de la norma, se trató de una “última contribución al proceso de pacificación” nacional.

 

Invalidados en 2006

Sin embargo, la Cámara de Casación Penal, máximo tribunal penal de la Argentina, consideró en 2006 que los indultos concedidos por delitos de lesa humanidad eran inconstitucionales. Y un año después, la Corte firmó la resolución que declara la inconstitucionalidad de los indultos que favorecieron a quienes cometieron violaciones a los derechos humanos desde el aparato del Estado.

Si bien el tribunal se pronunció sobre un caso puntual (el del ex general Santiago Omar Riveros), la decisión abrió la posibilidad de juzgamiento sobre todos los indultos a militares e integrantes de otras fuerzas de seguridad acusados por crímenes cometidos durante la dictadura.

Previamente, en 2003, el Congreso de la Nación declaró la nulidad de las leyes conocidas como “Obediencia Debida” y “Punto final” y en 2005, también las invalidó la Corte Suprema de Justicia.

Todas estas decisiones tienen fundamento en el derecho internacional, ya que ningún decreto ni ley nacional puede oponerse a la obligación que la Argentina tiene de castigar los crímenes contra la humanidad.

La Corte Interamericana de Derechos Humanos -cuyos fallos son de acatamiento obligatorio- había determinado que esos delitos no son “amnistiables” y, por lo tanto, tampoco “indultables”.

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Tags: AniversarioCarlos MenemEfeméridesIndultos a los militares
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El presidente de la Confederación General Empresaria de la República Argentina (CGERA), Marcelo Fernández, cuestionó con dureza el proyecto de Modernización Laboral impulsado por el Gobierno nacional y advirtió que la iniciativa fue elaborada sin la participación de los principales actores del entramado productivo, en especial de las pequeñas y medianas empresas.“No participamos de la discusión. Hacer una reforma laboral sin convocar a quienes representamos a más de 600 mil pymes es como querer armar un programa de radio sin que estén quienes trabajan todos los días al aire”, señaló Fernández en declaraciones radiales. Según explicó, las pymes concentran entre el 75 y el 80% del empleo registrado del país, por lo que su exclusión del debate “no es un dato menor”.
El Gobierno nacional anunció la reglamentación para la habilitación de estaciones de servicio móviles, una modalidad pensada para garantizar el acceso al combustible en zonas alejadas o localidades donde las estaciones fijas dejaron de operar o se encuentran en mal estado. Desde el sector empresario, el presidente de la Cámara de Estaciones de Servicio del Nordeste (CESANE), Faruk Jalaf, valoró la medida aunque advirtió sobre los desafíos económicos y operativos que implica.“En realidad es una medida que ya estaba, lo único que se ha hecho ahora es reglamentarla”, explicó Jalaf, al tiempo que destacó que la normativa aporta un marco de seguridad tanto para proveedores como para consumidores. Según indicó, “la reglamentación busca que haya garantías, que no exista riesgo de accidentes, de traslados inseguros o de robo de combustible, porque estas estaciones van a estar en zonas más aisladas”.
El debate nacional por la reforma laboral que impulsa el Gobierno volvió a encender la polémica en torno a la posible eliminación de la matrícula profesional y la colegiación obligatoria. El tema, que forma parte de un proyecto amplio que comenzará a ser tratado en el Senado, generó preocupación en distintos sectores profesionales. Sin embargo, desde Misiones llevaron tranquilidad y marcaron límites claros a cualquier intento de modificación desde la Nación.Juan Manuel Fouce, presidente de la Federación de Consejos y Colegios Profesionales de Misiones, explicó que la regulación del ejercicio profesional es una facultad que no fue delegada por las provincias al Estado nacional. “Hay facultades que no están delegadas de las provincias a la Nación. Dentro de esas facultades está la de regular las profesiones”, afirmó.
El padre Alberto Barros, párroco de Sagrada Familia y vicepresidente de Cáritas Diocesana de Posadas, expresó su preocupación por el impacto social de la crisis económica y por el “clima de soledad e indiferencia” que, según afirmó, se expande en el país. Desde su rol pastoral y social, describió un escenario “cada vez más duro” para miles de familias misioneras.“Lo que estamos viendo es un empobrecimiento generalizado. Mucha gente de clase media que nunca se acercó a una parroquia hoy pide alimentos o medicamentos.”
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