A partir de una publicación en la red social Facebook, el área de Patrimonio Histórico y Cultural de la Provincia tomó conocimiento de un conjunto de antiguos elementos hallados por un vecino en una zona cercana a la Reducción Jesuítica de Candelaria.
El 19 de septiembre último Marcelo Chaparro, un vecino de esta localidad, realizó una publicación en la red social Facebook, que consistió en fotografías acompañadas de un texto que enunciaba lo siguiente: “Vestigios encontrados en el Barrio Belgrano de Candelaria, muy cerca de las Reducciones Jesuíticas”.
De inmeadiato la Dirección de Cultura del municipio de Candelaria se vinculó con la Secretaría de Estado de Cultura de la Provincia para contactarse con el vecino. Asistieron el lugar y concretaron el traslado del conjunto de piezas a la ciudad de Posadas. Allí fueron recibidas por la subsecretaria de Fomento y Regiones Culturales, Laura Lagable, para su custodia y análisis.
Desde la Dirección Patrimonio Histórico y Cultural a cargo de Jorge Ayala, indicaron que “las piezas serán analizadas por profesionales, con el fin de determinar el período al cual pertenecen, sumado al trabajo de protección y conservación, que puede ser interrumpir factores ambientales externos que puedan perjudicarla. Luego, según reza la ley, el Organismo de Aplicación debe devolver la pieza a su lugar de origen, a fin de que la misma sea expuesta a la Comunidad”.
Lo que establece la ley
Todo este accionar se enmarca en la Ley Nacional 25.743 de Protección del Patrimonio Arqueológico y Paleontológico, vigente desde el año 2003, que define que “el patrimonio arqueológico está conformado por los yacimientos, objetos y todos los vestigios de cualquier naturaleza que puedan proporcionar información sobre las sociedades que habitaron el país desde épocas precolombinas, incluyendo a los eventos de épocas históricas recientes (desde 100 años de antigüedad), que se encuentren en la superficie, en el subsuelo o sumergidos en aguas jurisdiccionales. Estos bienes son de dominio público y por lo tanto no pueden ser apropiados por ningún individuo particular”.